II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-10394)
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 86862
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
10394
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21
de diciembre, de Universidades, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 (en
adelante LOMLOU), en el artículo 3 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el
que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios
(en adelante RDC), en el artículo 116 y 116 bis de los Estatutos de la Universidad de
Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante
EUAH).
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 24 de septiembre de 2019, la convocatoria de plazas de funcionarios de los
cuerpos docentes correspondientes al 100 % de la tasa de reposición de plazas de
funcionarios docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2018, y tras la
publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el
ejercicio 2019 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 5 noviembre de 2019
(BOCM de 15 de noviembre de 2019); modificada por Resolución de 26 de febrero
de 2020 (BOCM 9 de marzo de 2020), con la previa y preceptiva autorización de la
Comunidad de Madrid, según acuerdo de su Consejo de Gobierno de 21 de enero 2020,
y del Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión celebrada el 20 de
febrero de 2020. Y así mismo, autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid, en su sesión de 30 de septiembre de 2020, y aprobado por el Consejo de
Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 4 de noviembre de 2020, la
convocatoria de plazas de profesorado correspondientes al 100 % de la tasa de
reposición de plazas en virtud de las bajas producidas en el año 2019, y tras la
publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el
ejercicio 2020 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 5 de noviembre
de 2020 (BOCM del día 18 de noviembre de 2020),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concursos de acceso las plazas que se
relacionan en el anexo I de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en la LOU,
el RDC, los EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación
general de funcionarios civiles del Estado, y con arreglo a las bases que a continuación
se indican.
Primera.
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
cve: BOE-A-2022-10394
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos
generales:
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 86862
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
10394
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21
de diciembre, de Universidades, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 (en
adelante LOMLOU), en el artículo 3 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el
que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios
(en adelante RDC), en el artículo 116 y 116 bis de los Estatutos de la Universidad de
Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante
EUAH).
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 24 de septiembre de 2019, la convocatoria de plazas de funcionarios de los
cuerpos docentes correspondientes al 100 % de la tasa de reposición de plazas de
funcionarios docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2018, y tras la
publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el
ejercicio 2019 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 5 noviembre de 2019
(BOCM de 15 de noviembre de 2019); modificada por Resolución de 26 de febrero
de 2020 (BOCM 9 de marzo de 2020), con la previa y preceptiva autorización de la
Comunidad de Madrid, según acuerdo de su Consejo de Gobierno de 21 de enero 2020,
y del Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión celebrada el 20 de
febrero de 2020. Y así mismo, autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid, en su sesión de 30 de septiembre de 2020, y aprobado por el Consejo de
Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 4 de noviembre de 2020, la
convocatoria de plazas de profesorado correspondientes al 100 % de la tasa de
reposición de plazas en virtud de las bajas producidas en el año 2019, y tras la
publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el
ejercicio 2020 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 5 de noviembre
de 2020 (BOCM del día 18 de noviembre de 2020),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concursos de acceso las plazas que se
relacionan en el anexo I de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en la LOU,
el RDC, los EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación
general de funcionarios civiles del Estado, y con arreglo a las bases que a continuación
se indican.
Primera.
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
cve: BOE-A-2022-10394
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos
generales: