II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-10398)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 86935
electrónica de la Universitat de València en la siguiente dirección electrónica: https://
www.uv.es/eregistre.
En este entorno se realizarán todos los trámites de presentación de instancias y
aportación de documentos.
3.3 Se utilizará, obligatoriamente, el modelo de instancia específico para la
categoría de la plaza que se incluye en el anexo II de esta convocatoria y que se podrá
encontrar en la página web del servicio de recursos humanos PDI: http://www.uv.es/pdi o
directamente a través del siguiente enlace electrónico: https://go.uv.es/m6VS2jE.
La «Guía para presentarse a las convocatorias para la provisión de plazas de
profesorado universitario», que contiene las instrucciones para la cumplimentación del
formulario de instancia general así como la forma de adjuntar la documentación a
presentar por la persona solicitante se podrá encontrar en la página web del servicio de
recursos humanos PDI: http://www.uv.es/pdi o directamente a través del siguiente enlace
electrónico https://go.uv.es/Hc2Leq7. La instancia deberá ser cumplimentada siguiendo
las instrucciones recogidas en esta guía.
3.4 Junto con la instancia (Anexo II), será presentada la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y las circunstancias de
dependencia a las que se refiere la base 2.1.a de esta convocatoria. Asimismo, cuando
las personas aspirantes participen en las pruebas selectivas por su condición de
cónyuges, además de los documentos señalados, deberán presentar declaración jurada
o promesa de no hallarse separadas de sus respectivos cónyuges.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la
base 2.2
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes del país de origen, traducidos al castellano.
c) Justificación de haber efectuado el ingreso de las tasas (30 euros) en la cuenta
«Derechos de examen-Universidad de Valencia» número ES21-0049-6721-65-2010001382
del «Banco Santander».
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en
grado igual o superior al 33 %, los miembros de familias numerosas de carácter especial,
los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos
de violencia sobre la mujer.
Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior lo harán constar
expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud y deberán presentar las
certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad, de ser
miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante certificado de la
Conselleria de Bienestar Social u órgano competente), y las víctimas de actos de
violencia sobre la mujer mediante cualquiera de los medios de prueba que prevé el
artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre de la Generalitat Valenciana,
integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de
familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de
categoría general.
La falta de abono o un abono inferior a la cantidad indicada como tasas en el período
de presentación de solicitudes, se considerará incumplimiento insubsanable que
provocará la inadmisión al concurso. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos
de la convocatoria no comportará el derecho a la devolución de las tasas.
3.5 En el caso de incidencia técnica a que se refiere el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2022-10398
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 86935
electrónica de la Universitat de València en la siguiente dirección electrónica: https://
www.uv.es/eregistre.
En este entorno se realizarán todos los trámites de presentación de instancias y
aportación de documentos.
3.3 Se utilizará, obligatoriamente, el modelo de instancia específico para la
categoría de la plaza que se incluye en el anexo II de esta convocatoria y que se podrá
encontrar en la página web del servicio de recursos humanos PDI: http://www.uv.es/pdi o
directamente a través del siguiente enlace electrónico: https://go.uv.es/m6VS2jE.
La «Guía para presentarse a las convocatorias para la provisión de plazas de
profesorado universitario», que contiene las instrucciones para la cumplimentación del
formulario de instancia general así como la forma de adjuntar la documentación a
presentar por la persona solicitante se podrá encontrar en la página web del servicio de
recursos humanos PDI: http://www.uv.es/pdi o directamente a través del siguiente enlace
electrónico https://go.uv.es/Hc2Leq7. La instancia deberá ser cumplimentada siguiendo
las instrucciones recogidas en esta guía.
3.4 Junto con la instancia (Anexo II), será presentada la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y las circunstancias de
dependencia a las que se refiere la base 2.1.a de esta convocatoria. Asimismo, cuando
las personas aspirantes participen en las pruebas selectivas por su condición de
cónyuges, además de los documentos señalados, deberán presentar declaración jurada
o promesa de no hallarse separadas de sus respectivos cónyuges.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la
base 2.2
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes del país de origen, traducidos al castellano.
c) Justificación de haber efectuado el ingreso de las tasas (30 euros) en la cuenta
«Derechos de examen-Universidad de Valencia» número ES21-0049-6721-65-2010001382
del «Banco Santander».
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en
grado igual o superior al 33 %, los miembros de familias numerosas de carácter especial,
los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos
de violencia sobre la mujer.
Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior lo harán constar
expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud y deberán presentar las
certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad, de ser
miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante certificado de la
Conselleria de Bienestar Social u órgano competente), y las víctimas de actos de
violencia sobre la mujer mediante cualquiera de los medios de prueba que prevé el
artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre de la Generalitat Valenciana,
integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de
familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de
categoría general.
La falta de abono o un abono inferior a la cantidad indicada como tasas en el período
de presentación de solicitudes, se considerará incumplimiento insubsanable que
provocará la inadmisión al concurso. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos
de la convocatoria no comportará el derecho a la devolución de las tasas.
3.5 En el caso de incidencia técnica a que se refiere el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2022-10398
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Núm. 149