III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-10445)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 87384

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
10445

Resolución de 15 de junio de 2022, de la Presidencia de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre delegación de
competencias.

Por Resolución de 9 de abril de 2015 se acordó la delegación de competencias de la
Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en materia de
gestión y recaudación de la Tasa General de Operadores, la Tasa de Numeración y la
Tasa de Telecomunicaciones que la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia ejerce conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la
Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia y en la disposición transitoria décima de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones.
Con la finalidad de dotar al organismo de mayor agilidad en materia de gestión
tributaria, se ha determinado la necesidad de actualizar la referida delegación de
competencias, a cuyo efecto se dicta esta Resolución.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el artículo 19.1 de la
Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC y en el artículo 15.3 del Estatuto
Orgánico de la CNMC, aprobado por el Real Decreto 657/2013 de 30 de agosto,
resuelvo:
Primero.
Delegar en el titular de la Secretaría General la competencia para dictar todos los
actos en los procedimientos de liquidación, gestión, recaudación y demás actos de
gestión tributaria, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo, de la Tasa
General de Operadores, de la Tasa de Numeración y de la Tasa de Telecomunicaciones,
independientemente de su cuantía.
La gestión recaudatoria ejecutiva de las tasas por prestación de servicios de
telecomunicaciones se realizará por la Agencia Tributaria conforme a lo previsto en la
Resolución de 25 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que publica el Convenio
entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.
Se exceptúa expresamente de esta delegación la competencia para resolver los
recursos de reposición contra las resoluciones de los procedimientos de liquidación y
resto de actos de gestión tributaria objeto de delegación, que se mantiene por el órgano
delegante.

La competencia delegada en el titular de la Secretaría General por esta Resolución
podrá ejercerse, por suplencia, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, en primer
lugar, por el titular de la Subdirección de Recursos Humanos y Gestión Económica y
Patrimonial y, en segundo lugar, por el titular de la Subdirección Adjunta de Recursos
Humanos y Gestión Económica y Patrimonial.
La suplencia no implicará alteración de la competencia y para su validez no será
necesaria su publicación.

cve: BOE-A-2022-10445
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.