III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-10426)
Resolución de 10 de mayo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos de Palma, Alcudia, Maó, Eivissa y la Savina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 87240

7. Antes del inicio de la actividad, el prestador deberá presentar a la Autoridad
Portuaria los siguientes planes:
– Plan de medidas de Emergencia de la empresa de acuerdo con lo previsto en la
Prescripción 17.ª y el inventario de medios, su localización, su permanencia, los horarios
y demás requisitos para su integración en los planes de actuación en situaciones de
emergencia de la Autoridad Portuaria de acuerdo con lo previsto en la Prescripción 12.ª,
así como en el protocolo frente a posibles vertidos.
– Protocolo o, en su caso, Plan de Contingencia para posibles vertidos o Plan Interior
Marítimo para el caso del Anexo I y Anexo II, tanto propios como para intervención a
solicitud de la administración competente, que será incluido o integrado dentro del Plan
Interior Marítimo de la Autoridad Portuaria.
– Plan de prevención de riesgos laborales.
– Plan de entrega de desechos en aquellos casos referidos a desechos generados
por buques o residuos de carga regulados por un Anexo del Convenio MARPOL
diferente para el que tengan otorgada la licencia de prestación.
D.

De otro carácter.

1. Comunicaciones informativas relativas a la Ley Orgánica de Protección de Datos
hechas a cada una de las personas físicas cuyos datos sean cedidos a la Autoridad
Portuaria y firmadas individualmente por cada uno de los afectados.
2. Declaración expresa de conocer y aceptar todas las condiciones de este PPP.
3. Declaración responsable de participar en cualquier iniciativa que la Autoridad
Portuaria promueva para la mejora de la calidad de los servicios portuarios en general.
4. Declaración responsable de notificar a la Autoridad Portuaria cualquier
modificación o circunstancia que afecte o pueda afectar al contenido de la
documentación relacionada en los párrafos anteriores y se produzca con posterioridad a
la solicitud y/o al otorgamiento de la licencia.
ANEXO III
Prevención de riesgos laborales

a. Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995 de Prevención de
Riesgos Laborales y cuantas normas legales y reglamentarias en esta materia le sean de
aplicación.
b. Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del
Capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97), en lo relativo a
la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias
para el desarrollo de su actividad.
c. Adoptar los procedimientos y medidas establecidos y a cumplir los pactos y
normas que, en relación con la seguridad y salud de los trabajadores, se implanten
dentro de la zona portuaria.
d. Haber informado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre los riesgos
inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se
deben adoptar.
e. Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de
su trabajo en condiciones de seguridad y salud.
f. Poner a disposición de los trabajadores equipos de trabajo que cumplan la
legislación que les son de aplicación.

cve: BOE-A-2022-10426
Verificable en https://www.boe.es

1. .................................................. se compromete con la Autoridad Portuaria de
Baleares (en adelante Autoridad Portuaria) a satisfacer las siguientes exigencias
referidas tanto a las actividades y servicios a desarrollar, como a los trabajadores,
equipos y maquinaria, sustancias y preparados que...................................... destine a la
realización de los mismos: