V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-20240)
Extracto de la Resolución de 21 de junio, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a clubes de la Liga Endesa de Baloncesto Femenino en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30623
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
20240
Extracto de la Resolución de 21 de junio, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a clubes de la
Liga Endesa de Baloncesto Femenino en el año 2022.
BDNS(Identif.):635039
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
635039)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los Clubes de Baloncesto y Sociedades Anónimas
Deportivas (SAD) que hayan participado en la Liga Endesa de Baloncesto
Femenino durante la temporada 2020/2021, acrediten encontrarse en alguno de
los supuestos previstos en la Convocatoria y cumplan los requisitos establecidos
en la misma.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión, en régimen de
concurrencia competitiva, de subvenciones a clubes de baloncesto femenino que
hayan participado en la Liga Endesa en la temporada 2020/2021.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente
Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012,
de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://
www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El importe máximo que podrá concederse para estas ayudas será de un
importe máximo de 1.000.000 € con cargo al crédito 24.106.336A.481.04 "Otras
ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro, procedente de los ingresos
obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales, en
aplicación del Real Decreto Ley 5/2015".
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la
presente Resolución. Deberán estar firmadas en todo caso por el representante
legal de los clubes beneficiarios.
Las solicitudes deberán acompañarse de los documentos y anexos expresados
en la convocatoria de referencia disponibles en la sede electrónica del CSD en el
cve: BOE-B-2022-20240
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30623
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20240
Extracto de la Resolución de 21 de junio, de la Presidencia del Consejo
Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a clubes de la
Liga Endesa de Baloncesto Femenino en el año 2022.
BDNS(Identif.):635039
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
635039)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los Clubes de Baloncesto y Sociedades Anónimas
Deportivas (SAD) que hayan participado en la Liga Endesa de Baloncesto
Femenino durante la temporada 2020/2021, acrediten encontrarse en alguno de
los supuestos previstos en la Convocatoria y cumplan los requisitos establecidos
en la misma.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión, en régimen de
concurrencia competitiva, de subvenciones a clubes de baloncesto femenino que
hayan participado en la Liga Endesa en la temporada 2020/2021.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente
Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012,
de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://
www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El importe máximo que podrá concederse para estas ayudas será de un
importe máximo de 1.000.000 € con cargo al crédito 24.106.336A.481.04 "Otras
ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro, procedente de los ingresos
obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales, en
aplicación del Real Decreto Ley 5/2015".
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la
presente Resolución. Deberán estar firmadas en todo caso por el representante
legal de los clubes beneficiarios.
Las solicitudes deberán acompañarse de los documentos y anexos expresados
en la convocatoria de referencia disponibles en la sede electrónica del CSD en el
cve: BOE-B-2022-20240
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.