III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-10446)
Decreto 59/2022, de 25 de mayo, por el que se declara bien de interés cultural a la Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción de la localidad de Baños de Montemayor (Cáceres), con la categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 87386

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Decreto 59/2022, de 25 de mayo, por el que se declara bien de interés
cultural a la Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción de la localidad
de Baños de Montemayor (Cáceres), con la categoría de monumento.

Con fecha 5 de agosto de 1982, se dicta Resolución de la Dirección General de
Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas por la que se incoa expediente de declaración como
bien de interés cultural a favor de la «iglesia parroquial de Santa María», de Baños de
Montemayor (Cáceres), con la categoría de monumento histórico-artístico, publicándose
en el «Boletín Oficial del Estado», n.º 258, de 27 de octubre de 1982. El bien quedó
inscrito de manera provisional en el Registro de Bienes de Interés Cultural.
Se estima necesario, conforme a las exigencias de la Ley 2/1999, de 29 de marzo,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que la descripción de la «iglesia
parroquial de Santiago», incluya reseña sobre los bienes muebles asociados a ésta,
además de una delimitación gráfica del bien incoado, resultando adecuado además
redefinir la descripción del bien y su delimitación ateniéndose a las prescripciones
legales que, en la Resolución, de 5 de agosto de 1982, anteriormente citada, no se
contenían.
Por otro lado, se infiere la necesidad de adaptar la categoría de protección conferida
en su momento, Monumento Histórico-Artístico, a una de las categorías de protección
previstas en la citada norma, así como reconocer el Monumento como «iglesia de Santa
María de la Asunción», modificando, en consecuencia, la denominación contenida en la
Resolución, de 5 de agosto de 1982.
Y con el fin de efectuar tal declaración como Bien de Interés Cultural de la «iglesia
parroquial de Santa María de la Asunción» de Baños de Montemayor (Cáceres), se ha
procedido a elaborar una Memoria técnica nueva por los servicios técnicos de la
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, con fecha 4 de marzo
de 2021, adaptada ya a las determinaciones legales.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983,
de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, la cual se
publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia
exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así
como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».
En desarrollo de esta competencia y con el fin de proteger nuestro Patrimonio
Cultural, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la
declaración de Bien de Interés cultural.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia Ley, los bienes más
relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados de
Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla. El procedimiento se describe
en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.
El artículo 6.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los
Bienes Inmuebles que pueden ser declarados de Interés Cultural, dispone en su letra a),
como Monumentos, «el edificio y estructura de relevante interés histórico, artístico,
etnológico, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y
accesorios que expresamente se señalen.
Ha de significarse, a tales efectos, que la «iglesia de Santa María de la Asunción»,
de Baños de Montemayor (Cáceres), es un templo, de tamaño mediano, cuyos
principales valores patrimoniales residen en su fachada principal, realizada entre la
segunda mitad del siglo XVI y los primeros años del XVII. El retablo mayor, obra barroca

cve: BOE-A-2022-10446
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