II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Destinos. (BOE-A-2022-10308)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia en puestos de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior a personal docente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. II.A. Pág. 86233

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
10308

Resolución de 15 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia en puestos de asesores técnicos y asesoras
técnicas en el exterior a personal docente.

La Resolución de 16 de noviembre de 2018 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de
noviembre) y la Resolución de 19 de noviembre de 2019 (BOE de 23 de noviembre) por
la que se hacían públicas las convocatorias para la provisión de puestos vacantes de
asesores técnicos en el exterior por funcionarios docentes, preveía conforme a lo
establecido en la Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, por la que se establece el
procedimiento para la provisión por funcionarios docentes de las vacantes en centros,
programas y asesorías técnicas en el exterior, que al profesorado seleccionado en virtud
de las mismas, les sería prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los
requisitos y condiciones de las citadas convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia de los asesoras técnicas y asesores técnicos relacionados
en el anexo, en los países y períodos que se citan, en régimen de adscripción temporal
para que puedan seguir desempeñando sus funciones en el exterior.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionariado docente en el exterior.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los
interesados su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya
circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a elección de los interesados,
conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i) en relación con la regla segunda del
artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la fecha de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la
citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 15 de junio de 2022.–El Subsecretario de Educación y Formación
Profesional, Liborio López García.

cve: BOE-A-2022-10308
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Tercero.