I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Legionelosis. (BOE-A-2022-10297)
Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 86193
ANEXO V
Programa de muestreo
Parte A. Aspectos generales
Conjunto de actuaciones dirigidas al control de la eficacia de las tareas del programa
de mantenimiento y revisión de las instalaciones y equipos y del programa de tratamiento
(tratamiento del agua y de limpieza y desinfección de la instalación) para minimizar los
procesos de corrosión, incrustación y crecimiento de Legionella spp. en la instalación.
1. El muestreo debe ser representativo en función del objetivo concreto del
muestreo y comprender las diferentes partes de la instalación revisando los puntos de
control identificados y definiendo el número de puntos a muestrear acorde con las
determinaciones analíticas a realizar.
2. Debe incluir, al menos, los parámetros microbiológicos, físicos, químicos y físicoquímicos a controlar, la determinación de los puntos a muestrear, periodicidades o
momento del muestreo, número y tipo de determinaciones a realizar, métodos de
muestreo, condiciones de conservación y transporte de las muestras, métodos de
ensayo, criterios de evaluación de los resultados y designación de responsables de cada
operación.
3. En el caso de los ensayos analíticos realizados in situ, incluirá también los
procedimientos escritos de los métodos de análisis utilizados para la cuantificación de los
parámetros, los límites de detección o de cuantificación de los mismos.
4. Sin perjuicio de los parámetros indicados en las tablas 1 y 3 se podrán realizar
aquellas determinaciones que, a criterio del responsable técnico, se consideren útiles en
la valoración de la calidad del agua o de la efectividad del programa de mantenimiento y
revisión.
Parte B.
Parte B.1
Designación de puntos de muestreo
Sistemas de agua sanitaria.
1. En instalaciones sin circuito de retorno, el muestreo se realizará en función de
los puntos terminales representativos de la instalación identificados como puntos de
toma de muestra.
2. En instalaciones con circuito de retorno, el muestreo se realizará en función de
los puntos terminales, los acumuladores de agua caliente y los depósitos de agua fría
representativos de la instalación e identificados como puntos de toma de muestra.
3. En cada muestreo se recogerá muestra del agua como mínimo de los siguientes
puntos de la instalación, que no se deberán mezclar, teniendo en cuenta que se deberá
aumentar en función del tamaño y características de la instalación:
Un punto en el depósito.
Un punto en el acumulador.
Un punto en el circuito de retorno.
Dos puntos medios de la instalación.
Cada uno de los puntos terminales identificados.
4. En función del objetivo del muestreo, en los puntos terminales puede realizarse
la toma de muestra de dos maneras diferentes:
a) Sin purga (sin dejar correr el agua): Su objetivo es muestrear el terminal y su
tubería. Representa la colonización del punto terminal, ya que una de las zonas donde
es mayor la probabilidad de que Legionella spp. crezca y se multiplique es en el interior
del grifo o ducha, por lo que el primer litro tomado nada más abrir el punto terminal es el
que tendría la mayor concentración de Legionella spp. y preferiblemente se debería
tomar en uno que haya estado al menos unas horas sin utilizarse.
cve: BOE-A-2022-10297
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
c)
d)
e)
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 86193
ANEXO V
Programa de muestreo
Parte A. Aspectos generales
Conjunto de actuaciones dirigidas al control de la eficacia de las tareas del programa
de mantenimiento y revisión de las instalaciones y equipos y del programa de tratamiento
(tratamiento del agua y de limpieza y desinfección de la instalación) para minimizar los
procesos de corrosión, incrustación y crecimiento de Legionella spp. en la instalación.
1. El muestreo debe ser representativo en función del objetivo concreto del
muestreo y comprender las diferentes partes de la instalación revisando los puntos de
control identificados y definiendo el número de puntos a muestrear acorde con las
determinaciones analíticas a realizar.
2. Debe incluir, al menos, los parámetros microbiológicos, físicos, químicos y físicoquímicos a controlar, la determinación de los puntos a muestrear, periodicidades o
momento del muestreo, número y tipo de determinaciones a realizar, métodos de
muestreo, condiciones de conservación y transporte de las muestras, métodos de
ensayo, criterios de evaluación de los resultados y designación de responsables de cada
operación.
3. En el caso de los ensayos analíticos realizados in situ, incluirá también los
procedimientos escritos de los métodos de análisis utilizados para la cuantificación de los
parámetros, los límites de detección o de cuantificación de los mismos.
4. Sin perjuicio de los parámetros indicados en las tablas 1 y 3 se podrán realizar
aquellas determinaciones que, a criterio del responsable técnico, se consideren útiles en
la valoración de la calidad del agua o de la efectividad del programa de mantenimiento y
revisión.
Parte B.
Parte B.1
Designación de puntos de muestreo
Sistemas de agua sanitaria.
1. En instalaciones sin circuito de retorno, el muestreo se realizará en función de
los puntos terminales representativos de la instalación identificados como puntos de
toma de muestra.
2. En instalaciones con circuito de retorno, el muestreo se realizará en función de
los puntos terminales, los acumuladores de agua caliente y los depósitos de agua fría
representativos de la instalación e identificados como puntos de toma de muestra.
3. En cada muestreo se recogerá muestra del agua como mínimo de los siguientes
puntos de la instalación, que no se deberán mezclar, teniendo en cuenta que se deberá
aumentar en función del tamaño y características de la instalación:
Un punto en el depósito.
Un punto en el acumulador.
Un punto en el circuito de retorno.
Dos puntos medios de la instalación.
Cada uno de los puntos terminales identificados.
4. En función del objetivo del muestreo, en los puntos terminales puede realizarse
la toma de muestra de dos maneras diferentes:
a) Sin purga (sin dejar correr el agua): Su objetivo es muestrear el terminal y su
tubería. Representa la colonización del punto terminal, ya que una de las zonas donde
es mayor la probabilidad de que Legionella spp. crezca y se multiplique es en el interior
del grifo o ducha, por lo que el primer litro tomado nada más abrir el punto terminal es el
que tendría la mayor concentración de Legionella spp. y preferiblemente se debería
tomar en uno que haya estado al menos unas horas sin utilizarse.
cve: BOE-A-2022-10297
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