V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2022-20160)
Extracto de la Resolución de 16 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática por la que se convocan subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30411
La recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental
escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas...) o
intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias...) de la Guerra Civil y/o
de la Dictadura.
El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa, será de un año a
partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades
relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la
Guerra Civil y de la Dictadura, publicada en el BOE núm. 205, de 29 de julio de
2020, páginas 59910 a 59922 (13 págs.).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de las ayudas convocadas asciende a 895.000 euros, con
cargo a las aplicaciones presupuestarias 25.02.925M.480, 25.02.000X.432.09
25.02.925M.442 y 25.02.925M.452 del presupuesto de gastos del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática para el año 2022.
Se imputará al presente ejercicio, el 75% del importe total (671.250 euros) y al
ejercicio 2023 el 25% restante (223.750 euros).
Las cuantías máximas previstas para las ayudas, atendiendo al tipo de
proyecto o iniciativa, serán las señaladas a continuación:
Hasta 12.000 euros para la realización de estudios e investigaciones relativos a
la recuperación de la Memoria democrática, así como al reconocimiento moral de
las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
Hasta 5.000 euros para publicaciones, así como para la organización de
cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o
divulgativo sobre la Memoria Democrática.
Hasta 10.000 euros para actividades de recopilación, conservación, estudio y
difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles,
grabaciones sonoras, películas...) o intelectual (manifestaciones artísticas,
musicales, literarias...) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse a través del siguiente apartado de la Sede
Electrónica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática:
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días contados a partir del
día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Recurso.
Contra la Resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha
cve: BOE-B-2022-20160
Verificable en https://www.boe.es
https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/1343/ida/2888/
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30411
La recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental
escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas...) o
intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias...) de la Guerra Civil y/o
de la Dictadura.
El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa, será de un año a
partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades
relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la
Guerra Civil y de la Dictadura, publicada en el BOE núm. 205, de 29 de julio de
2020, páginas 59910 a 59922 (13 págs.).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de las ayudas convocadas asciende a 895.000 euros, con
cargo a las aplicaciones presupuestarias 25.02.925M.480, 25.02.000X.432.09
25.02.925M.442 y 25.02.925M.452 del presupuesto de gastos del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática para el año 2022.
Se imputará al presente ejercicio, el 75% del importe total (671.250 euros) y al
ejercicio 2023 el 25% restante (223.750 euros).
Las cuantías máximas previstas para las ayudas, atendiendo al tipo de
proyecto o iniciativa, serán las señaladas a continuación:
Hasta 12.000 euros para la realización de estudios e investigaciones relativos a
la recuperación de la Memoria democrática, así como al reconocimiento moral de
las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
Hasta 5.000 euros para publicaciones, así como para la organización de
cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o
divulgativo sobre la Memoria Democrática.
Hasta 10.000 euros para actividades de recopilación, conservación, estudio y
difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles,
grabaciones sonoras, películas...) o intelectual (manifestaciones artísticas,
musicales, literarias...) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse a través del siguiente apartado de la Sede
Electrónica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática:
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días contados a partir del
día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Recurso.
Contra la Resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha
cve: BOE-B-2022-20160
Verificable en https://www.boe.es
https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/1343/ida/2888/