III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2022-10289)
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Martes 21 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86082

Modelo 6
REGULARIZACIÓN DE LOS COEFICIENTES ADICIONALES AUTORIZADOS PARA LA GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA

Modelo 6

DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES

2022

EJERCICIO

MUTUA:


Los importes se consignarán en euros con dos decimales

Regularización suplemento ejercicio anterior.- Si supuso devolución de cuotas a TGSS tendrá signo negativo
Provisión por devolución de ingresos constituida en el ejercicio anterior
Provisión por devolución de ingresos constituida en el ejercicio actual

GESTIÓN DE I.T.C.C. DE
TRABAJADORES POR
CUENTA AJENA DE
EMPRESAS ASOCIADAS

0,00
0,00
0,00

GESTIÓN DE I.T.C.C. DE
TRABAJADORES POR
CUENTA PROPIA

TOTAL GESTIÓN DE I.T.
DE CONTINGENCIAS
COMUNES

RESULTADO

0,00

Liquidación/déficit del ejercicio consignado en la liquidación que figura en el modelo 1 (A)

0,00

0,00
0,00

Anticipo autorizado en el ejercicio: (B)
Con cargo al coeficiente diferencial del 0,003 (0,033-0,030) (Sistema Especial Agrarios)

0,00

Con cargo al coeficiente diferencial del 0,010 (0,070-0,060) (excluido Sistema Especial Agrarios)

0,00

Con cargo al coeficiente diferencial del 0,005 (0,075-0,070) (excluido Sistema Especial Agrarios)
Regularización del suplemento del ejercicio anterior (C)
Provisión constituida por devolución de ingresos en el ejercicio anterior (D)

0,00

0,00
0,00
0,00
0,00

Provisión constituida por devolución de ingresos en el presente ejercicio (E)
Insuficiencia financiera del coeficiente general (A)-(B)-(C)-(D)+(E)

El importe consignado en la celda F14 debe coincidir con el resultado del ejercicio de la liquidación de las cuentas rendidas que se señala en el modelo S-88
RESERVA DE ESTABILIZACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES

Importe existente en la Reserva de Estabilización de Incapacidad Temporal al comienzo del ejercicio (J)

0,00

Aplicación de la Reserva de Estabilización de Incapacidad Temporal (K)

0,00

Importe de la Reserva de Estabilización de Incapacidad Temporal después de la aplicación anterior (J) - (K) = (L)

0,00

REQUISITO DE INSUFICIENCIA FINANCIERA APLICANDO LA RESERVA (1)

0,00

LÍMITE DEL SUPLEMENTO FINANCIERO DE I.T. (EXCLUIDO SISTEMA ESPECIAL AGRARIOS)

Cuotas por contingencias comunes de trabajadores por cuenta ajena de empresas asociadas correspondientes a la
aplicación del coeficiente general (0,06),- El importe de estas cuotas debe coincidir con las señaladas en la celda D27
del modelo 1
Regularización ejercicio anterior prorrateadas según cuotas definitivas

0,00
#¡DIV/0!

Anticipo pendiente de regularizar

0,00

Cuotas por contingencias comunes de trabajadores por cuenta ajena de empresas asociadas aplicado el coeficiente
general:

#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!

Importe de cuotas aplicando el coeficiente del 0,075
Importe de cuotas aplicando el coeficiente del 0,07 (G)
Importe de cuotas aplicando el coeficiente general del 0,06 (H)
Diferencia (G) - (H) = (I)

#¡DIV/0!

PRORRATEO CUOTAS DEFINITIVAS

LÍMITE DEL SUPLEMENTO FINANCIERO DE I.T. (SISTEMA ESPECIAL AGRARIOS)

Cuotas por contingencias comunes de trabajadores por cuenta ajena de empresas asociadas correspondientes a la
aplicación del coeficiente general .-El importe de estas cuotas debe coincidir con las señaladas en la celda D28 del
modelo 1
Regularización ejercicio anterior en prorrateadas según cuotas definitivas

base

TR CUENTA AJENA

0,00 #¡DIV/0!

AGRARIOS

0,00 #¡DIV/0!

0,00

0,00

#¡DIV/0!

Anticipo pendiente de regularizar

0,00

Diferencia (G´) - (H´) = (I´)

#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!

LÍMITE IMPORTE DE LA INSUFICIENCIA FINANCIERA

#¡DIV/0!

Cuotas por contingencias comunes de trabajadores por cuenta ajena de empresas asociadas:
Importe de cuotas aplicando el coeficiente del 0,033 (G´)
Importe de cuotas aplicando el coeficiente general del 0,03 (H´)

#¡DIV/0!

base

COMPROBACIÓN DERECHO AL COEFICIENTE ESPECIAL (SEGUNDO TRAMO) 0,075
Resultado del ejercicio contingencias comunes incluido el suplemento adicional definitvo

#¡DIV/0!

Resultado a distribuir de contingencias profesionales

0,00
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!

Diferencia positiva/negativa
Límite según resultado contingencias profesionales
Importe maximo permitido
SUPLEMENTOS

Coeficiente especial del 0,07
Coeficiente especial del 0,075 (segundo tramo)

Suplemento derivado de las cuotas de trabajadores por cuenta ajena
Suplemento derivado de las cuotas de trabajadores por cuenta ajena agrarios

Insuficiencia financiera de los coeficientes generales

#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!

IMPORTE A REGULARIZAR
#¡DIV/0!

Mediante entrega a la mutua de la diferencia correspondiente

#¡DIV/0!

#¡DIV/0!

Existirá insuficiencia financiera en la gestión de I.T. por contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas cuando su resultado tenga signo negativo y además no pueda ser compensado en su
totalidad con el resultado de la gestión de I.T. por contingencias comunes de los trabajadores por cuenta propia, ni con la aplicación de la Reserva de Estabilización de Contingencias Comunes. En caso de no existir insuficiencia
financiera, aparecerá cero en esta casilla y la mutua deberá devolver a la Tesorería General de la Seguridad Social la totalidad de las cuotas correspondientes al anticipo autorizado.
Persona con quien puede contactarse para resolver dudas sobre la cumplimentación de este archivo
Nombre:
Teléfono:
Correo electrónico:

cve: BOE-A-2022-10289
Verificable en https://www.boe.es

(1)

Mediante devolución a la Tesorería General de la Seguridad Social de la diferencia correspondiente