II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. (BOE-A-2022-10243)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación de aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, convocado por Resolución de 15 de abril de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Martes 21 de junio de 2022

Sec. II.B. Pág. 85646

plazas por los motivos establecidos en el citado artículo 9, acreditándolo debidamente
y/o adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes, adjuntando informe
expedido por el órgano competente en esta materia que acredite la necesidad de la
adaptación y la compatibilidad con el desempeño de funciones que tenga atribuido el
puesto o puestos solicitados.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser
nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Los aspirantes no citados en los párrafos anteriores de este apartado segundo, no
tendrán que aportar documentación, sin perjuicio de la requerida para quienes hayan
participado por promoción interna o invoquen su condición de personal laboral o
funcionario, al haber sido comprobada por la Administración, de acuerdo con la
información que consta en el sistema de verificación de datos de identidad y registros
nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado.
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, en relación
con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las personas indicadas en el apartado segundo
de esta Resolución, deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde
el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»,
en los registros de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través de la página
web: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml (aportar
documentación complementaria), o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4
de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, la documentación que se indica en el citado
apartado segundo.
Cuarto.
El nombramiento de funcionarios en prácticas se acordará por resolución de la
autoridad convocante, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto
dicho nombramiento. El curso selectivo se realizará en la sede del Instituto de Estudios
Fiscales, sito en la Avenida Cardenal Herrera Oria, 378, Madrid 28035.
Los funcionarios nombrados en prácticas deberán superar el período de prácticas en
los términos establecidos en el anexo I.3 de la Resolución de convocatoria. Los
aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a ser nombrados
funcionarios de carrera mediante resolución motivada de la autoridad convocante.

La petición de destinos deberá efectuarse, una vez finalizado el curso selectivo,
utilizando exclusivamente medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la
base 2.10 de la convocatoria, previa publicación de la oferta de los mismos en la Sede
Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Finalizado el proceso selectivo y a propuesta del Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, los que hayan superado aquél, cuyo número no podrá exceder
en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera
mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.
Sexto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer potestativamente recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia

cve: BOE-A-2022-10243
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.