V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. (BOE-B-2022-20057)
Extracto de la Resolución 16 de junio de 2022 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a "Programa de Misiones de Ciencia e Innovación",del Programa Estatal para Catalizar la Innovación y el Liderazgo Empresarial del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023,del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Martes 21 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30230
las misiones identificadas en el Anexo I se desestimará la solicitud.
Los proyectos presentados deberán acogerse a una de las siguientes
categorías: Misiones Ciencia e Innovación "Grandes Empresas" o Misiones Ciencia
e Innovación "PYMES", y cumplir los requisitos correspondientes a su categoría:
a. Misiones "Grandes Empresas"
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 4.000.000 euros y máximo de 15.000.000 euros.
El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una
distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el
presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 60%.
Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una
participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que, al menos, el 20% del
presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte de los mismos
deberán realizarse en el año 2022, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para
2022. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2024 o el 30 de junio
de 2025.
Tamaño de la agrupación beneficiaria: cada agrupación debe estar constituida
por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas
deberán ser autónomas entre sí.
Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación, en
los términos del artículo 3 de esta convocatoria, deberá tener la consideración de
gran empresa y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana
empresa (pyme), conforme a la definición establecida en Anexo 1 de la Orden CIN/
373/2022, de 26 de abril.
b. Misiones "PYMES"
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 3.000.000 euros.
El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el
presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 35%.
Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una
participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del
presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
cve: BOE-B-2022-20057
Verificable en https://www.boe.es
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una
distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Núm. 147
Martes 21 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30230
las misiones identificadas en el Anexo I se desestimará la solicitud.
Los proyectos presentados deberán acogerse a una de las siguientes
categorías: Misiones Ciencia e Innovación "Grandes Empresas" o Misiones Ciencia
e Innovación "PYMES", y cumplir los requisitos correspondientes a su categoría:
a. Misiones "Grandes Empresas"
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 4.000.000 euros y máximo de 15.000.000 euros.
El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una
distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el
presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 60%.
Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una
participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que, al menos, el 20% del
presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte de los mismos
deberán realizarse en el año 2022, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para
2022. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2024 o el 30 de junio
de 2025.
Tamaño de la agrupación beneficiaria: cada agrupación debe estar constituida
por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas
deberán ser autónomas entre sí.
Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación, en
los términos del artículo 3 de esta convocatoria, deberá tener la consideración de
gran empresa y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana
empresa (pyme), conforme a la definición establecida en Anexo 1 de la Orden CIN/
373/2022, de 26 de abril.
b. Misiones "PYMES"
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 3.000.000 euros.
El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el
presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 35%.
Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una
participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del
presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
cve: BOE-B-2022-20057
Verificable en https://www.boe.es
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una
distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.