II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-10188)
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Lunes 20 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 85101
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos
señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas se realizará mediante certificado de la declaración presentada
del Impuesto sobre la Renta correspondiente al último ejercicio, y, en su caso, del
certificado del nivel de renta de las Personas Físicas. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
c) Los miembros de familias numerosas, en los términos del artículo. 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de Protección de la familia numerosa, contarán con exención del pago de
tasas si son de la categoría especial y con una reducción del 50 % los miembros de
familias de la categoría general. Para ello deberán aportar el título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición
expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de heridos y fallecidos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la oficina bancaria a que se hace
referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud.
Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud el recibo de ingreso o la acreditación
del supuesto de exención que, en su caso, corresponda, la hoja de servicios en la que
conste una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el puesto y la
acreditación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
(ANECA), esta última solo en el caso de candidatos que pertenezcan a las Escalas de
Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación y de Científicos
Titulares de Organismos Públicos de Investigación.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará, en el plazo
máximo de un mes, una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos
y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos,
las cuales indicarán respecto de estos últimos la causa de exclusión, se publicará en la
dirección de Internet: www.uned.es/profesorado. En dicha Resolución se señalará el
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión. La subsanación se realizará mediante el mismo procedimiento establecido para
la presentación de instancias (sede electrónica de la UNED https://sede.uned.es/),
aportando la documentación requerida. De no producirse la subsanación en este plazo
se tendrá al interesado por desistido de su solicitud.
Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una resolución aprobando la lista definitiva
de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente
establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos
cve: BOE-A-2022-10188
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 146
Lunes 20 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 85101
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos
señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas se realizará mediante certificado de la declaración presentada
del Impuesto sobre la Renta correspondiente al último ejercicio, y, en su caso, del
certificado del nivel de renta de las Personas Físicas. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
c) Los miembros de familias numerosas, en los términos del artículo. 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de Protección de la familia numerosa, contarán con exención del pago de
tasas si son de la categoría especial y con una reducción del 50 % los miembros de
familias de la categoría general. Para ello deberán aportar el título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición
expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de heridos y fallecidos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la oficina bancaria a que se hace
referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud.
Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud el recibo de ingreso o la acreditación
del supuesto de exención que, en su caso, corresponda, la hoja de servicios en la que
conste una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el puesto y la
acreditación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
(ANECA), esta última solo en el caso de candidatos que pertenezcan a las Escalas de
Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación y de Científicos
Titulares de Organismos Públicos de Investigación.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará, en el plazo
máximo de un mes, una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos
y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos,
las cuales indicarán respecto de estos últimos la causa de exclusión, se publicará en la
dirección de Internet: www.uned.es/profesorado. En dicha Resolución se señalará el
plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión. La subsanación se realizará mediante el mismo procedimiento establecido para
la presentación de instancias (sede electrónica de la UNED https://sede.uned.es/),
aportando la documentación requerida. De no producirse la subsanación en este plazo
se tendrá al interesado por desistido de su solicitud.
Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una resolución aprobando la lista definitiva
de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente
establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos
cve: BOE-A-2022-10188
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.