II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2022-8587)
Resolución de 20 de mayo de 2022, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 4 de marzo de 2022, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 26 de mayo de 2022
Sec. II.B. Pág. 72131
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8587
Resolución de 20 de mayo de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
corrigen errores en la de 4 de marzo de 2022, por la que se convoca proceso
selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción
interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Por Resolución de 4 de marzo de 2022 (BOE de 11 de abril) se convocaron pruebas
selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente, figurando en el Anexo II el Programa que ha de regir ese proceso
selectivo.
Detectada una errata, se procede a la modificación del citado Programa en los
términos siguientes:
Donde dice:
«Grupo de temas del programa específico
Medio natural, calidad ambiental y cambio climático
46. Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.
Reglamento 2019/202. Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo.
Convenio de Minamata y Reglamento relativo al mercurio. El enfoque estratégico para la
gestión de productos químicos a nivel internacional (SAICM).»
Debe decir:
«Grupo de temas del programa específico
Medio natural, calidad ambiental y cambio climático
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-
cve: BOE-A-2022-8587
Verificable en https://www.boe.es
46. Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes
Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio
de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes. Plan Nacional de Aplicación del
Convenio de Estocolmo. Convenio de Minamata y Reglamento relativo al mercurio. El
enfoque estratégico para la gestión de productos químicos a nivel internacional
(SAICM).»
Núm. 125
Jueves 26 de mayo de 2022
Sec. II.B. Pág. 72131
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8587
Resolución de 20 de mayo de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
corrigen errores en la de 4 de marzo de 2022, por la que se convoca proceso
selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción
interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Por Resolución de 4 de marzo de 2022 (BOE de 11 de abril) se convocaron pruebas
selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente, figurando en el Anexo II el Programa que ha de regir ese proceso
selectivo.
Detectada una errata, se procede a la modificación del citado Programa en los
términos siguientes:
Donde dice:
«Grupo de temas del programa específico
Medio natural, calidad ambiental y cambio climático
46. Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.
Reglamento 2019/202. Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo.
Convenio de Minamata y Reglamento relativo al mercurio. El enfoque estratégico para la
gestión de productos químicos a nivel internacional (SAICM).»
Debe decir:
«Grupo de temas del programa específico
Medio natural, calidad ambiental y cambio climático
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-
cve: BOE-A-2022-8587
Verificable en https://www.boe.es
46. Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes
Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio
de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes. Plan Nacional de Aplicación del
Convenio de Estocolmo. Convenio de Minamata y Reglamento relativo al mercurio. El
enfoque estratégico para la gestión de productos químicos a nivel internacional
(SAICM).»