III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2022-8632)
Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, para la organización y celebración del XIV Congreso Estatal del Trabajo Social y II Congreso Iberoamericano de Trabajo Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 26 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 72277
Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus
respectivos cargos les confieren, se reconocen mutuamente capacidad y legitimación
para actuar y suscribir el presente Convenio,
MANIFIESTAN
Primero.
Que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es el Departamento de la
Administración General del Estado al que le corresponde, a través de la Secretaría de
Estado de Derechos Sociales, desempeñar las funciones en materia de derechos
sociales y bienestar social, de familia y diversidad familiar, de protección del menor, de
cohesión social y atención a las personas dependientes o con discapacidad, así como de
adolescencia y juventud; todo ello en virtud del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
De la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, depende la Dirección General de
Diversidad Familiar y Servicios Sociales a la que corresponde, entre otras funciones, el
impulso, análisis, elaboración, coordinación y seguimiento de los planes, estrategias y
programas de actuación en materia de servicios sociales de Tercer Sector de Acción
Social, de voluntariado, de protección y promoción de las familias y su diversidad, sin
perjuicio de las competencias de otros departamentos en la materia. Le corresponde
además el impulso y gestión de órganos colegiados para el análisis, debate y propuestas
en materia de familias y su diversidad, población gitana y acción social.
Este Convenio se suscribe, por tanto, entre la Dirección General de Diversidad
Familiar y Servicios Sociales y el Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados
en Trabajo Social y Asistentes Sociales, con base a la Orden DSA/383/2020, de 29 de
abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias que atribuye, en su
apartado decimocuarto, en relación a las competencias de las Secretarías de Estado en
materia de convenios, la delegación en las personas titulares de las Direcciones
Generales dependientes, en sus respectivos ámbitos de actuación, la celebración de
convenios con entidades privadas por importe inferior a 2.000.000,00 euros.
Segundo.
– Acciones formativas para estudiantes y profesionales con interés en la intervención
social. Entre las finalidades del Consejo General se encuentra la de mejorar la calidad
del ejercicio de la profesión, adecuándolo al nivel técnico con el que debe ser realizado
el Trabajo Social.
– Estudios e investigaciones, para promover, apoyar y fomentar la investigación en
trabajo social, bienestar social, inclusión social, género, discapacidad, dependencias, así
como campañas de información, difusión y sensibilización.
– Publicaciones, potenciar las publicaciones de interés profesional y que reflejen
nuevas prácticas de intervención profesional.
– Consultoría, como interlocutor técnico para aportar nuestra visión profesional en
distintos ámbitos sociales y en el desarrollo legislativo.
– Ámbito internacional y europeo. El Consejo General como miembro activo y de
pleno derecho, de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales (FITS), así como
de la Región Europea de la Federación, ha trabajado en estrecha colaboración,
especialmente, con los países de la franja mediterránea para conseguir que la voz del
Trabajo Social sea más fuerte y tenga una mayor influencia en Europa.
cve: BOE-A-2022-8632
Verificable en https://www.boe.es
El Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y
Asistentes Sociales establece que los fines específicos de la Institución son:
Núm. 125
Jueves 26 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 72277
Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus
respectivos cargos les confieren, se reconocen mutuamente capacidad y legitimación
para actuar y suscribir el presente Convenio,
MANIFIESTAN
Primero.
Que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es el Departamento de la
Administración General del Estado al que le corresponde, a través de la Secretaría de
Estado de Derechos Sociales, desempeñar las funciones en materia de derechos
sociales y bienestar social, de familia y diversidad familiar, de protección del menor, de
cohesión social y atención a las personas dependientes o con discapacidad, así como de
adolescencia y juventud; todo ello en virtud del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
De la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, depende la Dirección General de
Diversidad Familiar y Servicios Sociales a la que corresponde, entre otras funciones, el
impulso, análisis, elaboración, coordinación y seguimiento de los planes, estrategias y
programas de actuación en materia de servicios sociales de Tercer Sector de Acción
Social, de voluntariado, de protección y promoción de las familias y su diversidad, sin
perjuicio de las competencias de otros departamentos en la materia. Le corresponde
además el impulso y gestión de órganos colegiados para el análisis, debate y propuestas
en materia de familias y su diversidad, población gitana y acción social.
Este Convenio se suscribe, por tanto, entre la Dirección General de Diversidad
Familiar y Servicios Sociales y el Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados
en Trabajo Social y Asistentes Sociales, con base a la Orden DSA/383/2020, de 29 de
abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias que atribuye, en su
apartado decimocuarto, en relación a las competencias de las Secretarías de Estado en
materia de convenios, la delegación en las personas titulares de las Direcciones
Generales dependientes, en sus respectivos ámbitos de actuación, la celebración de
convenios con entidades privadas por importe inferior a 2.000.000,00 euros.
Segundo.
– Acciones formativas para estudiantes y profesionales con interés en la intervención
social. Entre las finalidades del Consejo General se encuentra la de mejorar la calidad
del ejercicio de la profesión, adecuándolo al nivel técnico con el que debe ser realizado
el Trabajo Social.
– Estudios e investigaciones, para promover, apoyar y fomentar la investigación en
trabajo social, bienestar social, inclusión social, género, discapacidad, dependencias, así
como campañas de información, difusión y sensibilización.
– Publicaciones, potenciar las publicaciones de interés profesional y que reflejen
nuevas prácticas de intervención profesional.
– Consultoría, como interlocutor técnico para aportar nuestra visión profesional en
distintos ámbitos sociales y en el desarrollo legislativo.
– Ámbito internacional y europeo. El Consejo General como miembro activo y de
pleno derecho, de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales (FITS), así como
de la Región Europea de la Federación, ha trabajado en estrecha colaboración,
especialmente, con los países de la franja mediterránea para conseguir que la voz del
Trabajo Social sea más fuerte y tenga una mayor influencia en Europa.
cve: BOE-A-2022-8632
Verificable en https://www.boe.es
El Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y
Asistentes Sociales establece que los fines específicos de la Institución son: