III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2022-8552)
Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales para el año 2022, para el funcionamiento de escuelas infantiles dependientes del Gobierno de la Ciudad de Melilla 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de mayo de 2022

Sec. III. Pág. 71953

2. El Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene atribuida la
competencia en materia educativa en las ciudades de Ceuta y de Melilla, en aplicación
del artículo 149.3 de la Constitución Española, formando parte ambos territorios del
ámbito de gestión directa del Departamento.
3. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y sus
posteriores modificaciones, reconoce a los municipios «su derecho a intervenir en
cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndoles las
competencias que proceda en atención a las características de la actividad pública de
que se trate y a la capacidad de gestión de la Entidad Local, de conformidad con los
principios de descentralización, proximidad, eficacia y eficiencia, y con estricta sujeción a
la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera».
4. El capítulo I del título I de la citada Ley Orgánica 2/2006 establece el carácter
educativo de la educación infantil. La escolarización temprana adquiere especial
relevancia para este tipo de alumnos ya que el primer ciclo de educación infantil se
configura como un periodo decisivo para asentar los cimientos educativos que permitirán
tanto los posteriores aprendizajes como la efectiva integración social, así como un factor
compensador de desigualdades. Considerando estas reflexiones se insta a las
Administraciones públicas a promover un incremento progresivo de la oferta de plazas
en el primer ciclo de la educación infantil, así como coordinar las políticas de
cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este
ciclo. El Ministerio de Educación y Formación Profesional viene desarrollando un Plan de
actuaciones para las ciudades de Ceuta y Melilla por el que pretende prestar atención
preferente a los requerimientos y necesidades de ambas ciudades en materia de
educación, contando con la participación activa de la ciudadanía a través de la apertura
de los centros a la sociedad y la adopción de las medidas necesarias que mejoren la
oferta y los rendimientos educativos.
5. La demanda de plazas en el primer ciclo de Educación Infantil, por parte de las
familias ha crecido considerablemente en los últimos años, de modo que actualmente la
oferta de puestos escolares es insuficiente para atender todas las peticiones. Una vez
completada la oferta de escolarización de niños de tres a seis años en el segundo ciclo de
Educación Infantil, y de acuerdo con el artículo 15 de la citada Ley 2/2006, de 3 de mayo,
en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, las
Administraciones públicas deben promover un incremento progresivo de la oferta de
plazas públicas en el primer ciclo de la Educación Infantil y coordinar las políticas de
cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa de este
ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con
las Corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.
6. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su
Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, posibilitan y regulan la
canalización, a través de convenios, de la concesión de subvenciones nominativas
previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
7. Asimismo, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022 (BOE n.º 312, de 29 de diciembre de 2021), en la partida correspondiente
al Ministerio de Educación y Formación Profesional, recoge un crédito nominativo destinado a
la Ciudad de Melilla en la aplicación presupuestaria 18.08.322A.450.02 para la extensión del
primer ciclo de Educación Infantil.
En consecuencia, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Gobierno
de la Ciudad de Melilla, conscientes de la importancia de los fines señalados
anteriormente, consideran conveniente establecer fórmulas eficaces de colaboración que
permitan su alcance, mediante el fomento de iniciativas que promuevan la creación y el
funcionamiento de escuelas infantiles sostenidas con fondos públicos dependientes del
Gobierno de la Ciudad de Melilla. Por ello, ambas Administraciones en sus respectivos
ámbitos competenciales consideran conveniente colaborar activamente en aras de
consecución de los objetivos reseñados.

cve: BOE-A-2022-8552
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Núm. 124