III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-7509)
Resolución de 29 de abril de 2022, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Lleida, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Sábado 7 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64205
El Programa Campus Rural es una iniciativa del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, en colaboración con la Universidad de Lleida, y ambas
partes participan y son titulares de las actividades objeto del convenio.
En este sentido, tanto el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, como la Universidad de Lleida comparten el mismo objetivo, contribuir al
reequilibrio territorial incentivando la llegada de capital humano a los espacios más
despoblados para dinamizar su tejido productivo, social e institucional.
Segunda.
Descripción del Programa.
Para el curso 21/22 la participación de la Universidad en el programa no superará el
total de cincuenta meses de prácticas una vez sumadas la duración de las mismas. Esta
cantidad se actualizará cada año en función de las disponibilidades presupuestarias para
el desarrollo del programa, adjuntándose como adenda del presente convenio.
Tercera. Obligaciones de las partes.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se compromete a:
– Asegurar la correcta coordinación del desarrollo del Programa en la Universidad de
Lleida dentro del marco general del Programa Campus Rural.
– Velar por que el desarrollo del convenio se adecúe a los criterios generales de
desarrollo del Programa Campus Rural, de acuerdo con lo dispuesto en el Convenio
entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ministerio de
Universidades y Crue Universidades Españolas para el desarrollo y la coordinación del
Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
Por su parte, la Universidad de Lleida, se compromete a:
– Velar por que el desarrollo del convenio se adecúe a los criterios generales de
desarrollo del Programa Campus Rural, de acuerdo con lo dispuesto en el Convenio
entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ministerio de
Universidades y Crue Universidades Españolas para el desarrollo y la coordinación del
Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
– Realizar todo el proceso de gestión del Programa en su ámbito de actuación,
aportando los instrumentos adecuados para la gestión y seguimiento del mismo.
Cuarta.
Naturaleza de las prácticas universitarias en el medio rural.
Las prácticas ofertadas deben tener un carácter formativo y cumplir los requisitos
establecidos en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como en la
normativa interna de la Universidad en lo relativo a su duración, horarios, proyecto
formativo, asignación de tutores académicos y de la entidad colaboradora, seguimiento y
evaluación, para su posterior reconocimiento curricular en los expedientes académicos
de los estudiantes beneficiarios en el caso de las prácticas curriculares o su inclusión en
el Suplemento Europeo al Título (SET), en el caso de las prácticas extracurriculares.
De acuerdo a lo establecido en la cláusula tercera, las partes difundirán este
proyecto entre los agentes socioeconómicos para conocer qué empresas e instituciones
están interesadas en acoger estudiantes en prácticas, de modo que estas puedan
contactar con el Servicio de Orientación y Empleo de la Universidad para realizar los
trámites oportunos para participar en el Programa Campus Rural.
Podrán presentar propuestas para acoger estudiantes en prácticas cualquier
administración local, institución, organismo o empresa legalmente constituidos y
cve: BOE-A-2022-7509
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Difusión del Programa y recepción de solicitudes.
Núm. 109
Sábado 7 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64205
El Programa Campus Rural es una iniciativa del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, en colaboración con la Universidad de Lleida, y ambas
partes participan y son titulares de las actividades objeto del convenio.
En este sentido, tanto el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, como la Universidad de Lleida comparten el mismo objetivo, contribuir al
reequilibrio territorial incentivando la llegada de capital humano a los espacios más
despoblados para dinamizar su tejido productivo, social e institucional.
Segunda.
Descripción del Programa.
Para el curso 21/22 la participación de la Universidad en el programa no superará el
total de cincuenta meses de prácticas una vez sumadas la duración de las mismas. Esta
cantidad se actualizará cada año en función de las disponibilidades presupuestarias para
el desarrollo del programa, adjuntándose como adenda del presente convenio.
Tercera. Obligaciones de las partes.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se compromete a:
– Asegurar la correcta coordinación del desarrollo del Programa en la Universidad de
Lleida dentro del marco general del Programa Campus Rural.
– Velar por que el desarrollo del convenio se adecúe a los criterios generales de
desarrollo del Programa Campus Rural, de acuerdo con lo dispuesto en el Convenio
entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ministerio de
Universidades y Crue Universidades Españolas para el desarrollo y la coordinación del
Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
Por su parte, la Universidad de Lleida, se compromete a:
– Velar por que el desarrollo del convenio se adecúe a los criterios generales de
desarrollo del Programa Campus Rural, de acuerdo con lo dispuesto en el Convenio
entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ministerio de
Universidades y Crue Universidades Españolas para el desarrollo y la coordinación del
Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
– Realizar todo el proceso de gestión del Programa en su ámbito de actuación,
aportando los instrumentos adecuados para la gestión y seguimiento del mismo.
Cuarta.
Naturaleza de las prácticas universitarias en el medio rural.
Las prácticas ofertadas deben tener un carácter formativo y cumplir los requisitos
establecidos en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como en la
normativa interna de la Universidad en lo relativo a su duración, horarios, proyecto
formativo, asignación de tutores académicos y de la entidad colaboradora, seguimiento y
evaluación, para su posterior reconocimiento curricular en los expedientes académicos
de los estudiantes beneficiarios en el caso de las prácticas curriculares o su inclusión en
el Suplemento Europeo al Título (SET), en el caso de las prácticas extracurriculares.
De acuerdo a lo establecido en la cláusula tercera, las partes difundirán este
proyecto entre los agentes socioeconómicos para conocer qué empresas e instituciones
están interesadas en acoger estudiantes en prácticas, de modo que estas puedan
contactar con el Servicio de Orientación y Empleo de la Universidad para realizar los
trámites oportunos para participar en el Programa Campus Rural.
Podrán presentar propuestas para acoger estudiantes en prácticas cualquier
administración local, institución, organismo o empresa legalmente constituidos y
cve: BOE-A-2022-7509
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Difusión del Programa y recepción de solicitudes.