V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-13977)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga (Anexos I y VI Convenio Marpol) en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina a la empresa SERTEGO, SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.L.U.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 6 de mayo de 2022

Sec. V-B. Pág. 21553

V. Anuncios
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

13977

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga
la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de
desechos generados por buques y residuos de carga (Anexos I y VI
Convenio Marpol) en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la
Savina a la empresa SERTEGO, SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES,
S.L.U.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 13 de abril de 2022, adoptó el acuerdo de otorgar la licencia
para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por
buques y residuos de carga (Anexo I-VI Convenio Marpol), en los puertos de
Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina a la empresa Sertego, Servicios
Medioambientales,S.L.U., con sujeción a las Prescripciones Particulares del
Servicio Portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de
carga en los puerto de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina (aprobadas en
fecha 28 de julio 2021 y publicadas en el BOE de fecha 4 de noviembre 2021), y al
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011 (TRLPEMM) y al Reglamento UE
2017/352. El plazo de la licencia será de seis (6) años. Sin perjuicio de la
obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al
régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a
su favor.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano
que ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,
en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la
presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro
que estime procedente.
Palma, 27 de abril de 2022.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.

cve: BOE-B-2022-13977
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X