II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. (BOE-A-2022-7440)
Resolución de 27 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. II.B. Pág. 63410
que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrá autorizar a la
Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del
plazo establecido para presentar la documentación, deberá dar su conformidad
cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI de esta Resolución.
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
Se valorarán como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas, incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o
privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la
Escala objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con
carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las
de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como anexo V
de esta Resolución.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
3.
Curso selectivo
Consistirá en un período de formación de carácter teórico y práctico, organizado por
la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuya duración máxima será de 3
meses.
cve: BOE-A-2022-7440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. II.B. Pág. 63410
que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrá autorizar a la
Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del
plazo establecido para presentar la documentación, deberá dar su conformidad
cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI de esta Resolución.
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
Se valorarán como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas, incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados
por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de
formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o
privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se
refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la
Escala objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con
carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las
de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como anexo V
de esta Resolución.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
3.
Curso selectivo
Consistirá en un período de formación de carácter teórico y práctico, organizado por
la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuya duración máxima será de 3
meses.
cve: BOE-A-2022-7440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 108