III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-7455)
Resolución de 26 de abril de 2022, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Anejo al Convenio de encomienda de gestión a la Universidad Pompeu Fabra, para la realización de las pruebas de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España y la realización de las pruebas para la obtención de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 6 de mayo de 2022

Sec. III. Pág. 63497

7. Cada uno de estos nuevos Centros creados en la aplicación SICIC tendrá unas
condiciones de liquidación diferentes al resto de candidatos CCSE.
El Centro de Examen tendrá derecho al 39 % del importe del precio fijado por el
Instituto Cervantes para cada examen de candidatos CCSE no alfabetizados.
Dicha cantidad constituye el importe máximo a que tendrá derecho el Centro de
Examen por cada examen de candidatos CCSE no alfabetizados.
El Instituto Cervantes transferirá la cantidad correspondiente al Centro de Examen en
un plazo de sesenta días a contar desde la fecha oficial de la convocatoria en la cuenta
corriente que le indique al Instituto Cervantes.
El incumplimiento de esta obligación podrá acarrear la resolución del Convenio de
Encomienda de Gestión del que el presente anejo forma parte, sin perjuicio de la
reclamación que se pudiera realizar.
8. Con independencia de la fecha o de las causas por las que se termine la
presente Encomienda de Gestión, desde el mismo momento en el que se produzca su
terminación, el Centro de Examen no podrá seguir utilizando la denominación «Centro de
examen CCSE» ni los logotipos o distintivos del Instituto Cervantes ni cualquier otra
denominación facilitada por este y cumplirá con las obligaciones a que se compromete
para las convocatorias en las que haya elegido participar durante el año en curso,
siempre que el Instituto Cervantes no le indique otra cosa.
Segunda.

Vigencia de compromisos.

El resto de los compromisos y obligaciones recogidas en el Convenio de Encomienda
de Gestión (del que el presente anejo es parte) no modificados expresamente por este
anejo, son de plena aplicación a la gestión y administración de las pruebas de examen
CCSE para personas no alfabetizadas.
Tercera.

Eficacia y vigencia del anejo.

Este anejo producirá efectos a partir de la fecha de la firma del último de los
signatarios, y su vigencia será la misma que la del Convenio de Encomienda de Gestión
del Instituto Cervantes a la Universidad de Pompeu Fabra para la realización de las
pruebas de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) y la
realización de las pruebas para la obtención de los «diplomas de español como lengua
extranjera» (DELE), suscrito el 31 de octubre de 2019 del que formará parte una vez
formalizado.
Cuarta. Publicación.
El presente anejo al citado Convenio de Encomienda de Gestión habrá de publicarse
en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2022-7455
Verificable en https://www.boe.es

Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero, 25 de abril
de 2022.–Por la Universidad de Pompeu Fabra, el Rector, Josep Oriol Amat Salas, 22 de
abril de 2022.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X