III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-7477)
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 y las iniciales para el año 2022 del VII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 6 de mayo de 2022

Sec. III. Pág. 64073

1. Aplicación de la Cláusula de Revisión salarial del Art 28 de Convenio, a las
tablas salariales del 2021.
2. Elaboración según los Art 4 y 28 de Convenio, de las tablas salariales iniciales
del 2022.
3. Habilitación en un miembro de la Comisión para la tramitación del registro y
posterior publicación en el BOE.
4. Ruegos y preguntas.
Una vez debatidos los asuntos del Orden del Día se adoptan por unanimidad los
siguientes
ACUERDOS
Primero.
Visto que la tasa de variación anual final del IPC general durante el año 2021, ha
quedado situada en el 3,1 %, como resultado de calcular cuánto ha variado
porcentualmente el IPC en los últimos doce meses del citado ejercicio
(0,5+0+1,3+2,2+2,7+2,7+2,9+3,3+4+5,4+5,5+6,5)/12), y comparando esta cantidad con
la tasa de variación anual del IPC general para el 31 de diciembre de 2020, que fue
negativa, procede incrementar en un 3,1 % los importes de la Tabla inicial vigente
durante 2021, elevando así a definitivas las tablas salariales del 2021 que quedan unidas
como Anexo I al presente documento.
Segundo.
Dado que el Convenio ha quedado prorrogado automáticamente hasta el 31/12/2022
en virtud de lo dispuesto en el art. 4, se acuerda así mismo, y en base al criterio
establecido a tal efecto en los precitados arts. 4 y 28 del Convenio la aprobación de las
tablas salariales iniciales correspondientes a 2022, que figuran también unidas en el
anexo l.
Tercero.
Habilitar a don José Luis Mazón Lloret, para que lleve a cabo cuantas gestiones sean
precisas para el registro y la publicación de las tablas salariales objeto de aprobación, en
el BOE.
Cuarto.
No se producen intervenciones.

CC.OO.

FADEI

Fernando Escudero Mons

Jesús Manuel Martínez Caja

UGT
José Luis Mazón Lloret

Jesús Manuel Pernas Bilbao

cve: BOE-A-2022-7477
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad lo suscriben por triplicado ejemplar en el lugar y fecha
en el encabezamiento indicados.