I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2022-7419)
Orden AUC/398/2022, de 21 de abril, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Inhambane, en la República de Mozambique.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Artículo 3.
Sec. I. Pág. 63348
Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Inhambane.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Inhambane tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Disposición adicional única.
No incremento del gasto de personal.
La creación de una Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del
gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la
disposición adicional trigésima primera de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Su funcionamiento se atenderá
con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-7419
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de abril de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Artículo 3.
Sec. I. Pág. 63348
Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Inhambane.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Inhambane tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Disposición adicional única.
No incremento del gasto de personal.
La creación de una Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del
gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la
disposición adicional trigésima primera de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Su funcionamiento se atenderá
con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-7419
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de abril de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X