I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2022-7418)
Orden AUC/397/2022, de 21 de abril, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Bodrum, en la República de Turquía.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 6 de mayo de 2022

Sec. I. Pág. 63345

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
7418

Orden AUC/397/2022, de 21 de abril, por la que se crea la Oficina Consular
Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Bodrum, en
la República de Turquía.

La provincia de Mugla, en la que se situará la Oficina Consular Honoraria de España
en Bodrum, destaca por su importante atractivo turístico. Las principales actividades
económicas de la provincia son el turismo de cultural y de playa de gama superior,
siendo Bodrum la capital del turismo de prestigio en la provincia y en Turquía. Mugla
recibe casi tres millones de turistas anuales, la gran mayoría europeos, y, entre ellos, un
número cada vez mayor de españoles, atraídos por las ruinas del Mausoleo de la antigua
Halicarnaso (actual Bodrum) y por las playas. Su atractivo para los turistas españoles se
ve incrementado por la existencia de dos aeropuertos internacionales conectados con la
mayoría de aeropuertos de España con una sola escala.
La apertura de una Oficina Consular Honoraria permitirá que España mantenga una
presencia permanente en Mugla, como ya han hecho otros Estados Miembros de la
Unión Europea, facilitando la atención de los casos urgentes de protección y asistencia
consular del creciente número de turistas españoles que visitan la zona.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Ankara, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y
Asuntos Consulares y de la Dirección General de América del Norte, Europa Oriental,
Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Bodrum y su
circunscripción.
Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Bodrum, en la República de Turquía, con circunscripción en la provincia de
Mugla.
Artículo 2.

Dependencia.

La Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en
Bodrum dependerá de la Embajada de España en Ankara.

La persona titular del Consulado Honorario de España en Bodrum tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Disposición adicional única.

No incremento del gasto de personal.

La creación de esta Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del
gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la
disposición adicional trigésima primera de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de

cve: BOE-A-2022-7418
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Bodrum.