III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2022-6538)
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el Decreto-ley 6/2021, de 2 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de la Administración Regional para la gestión de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU) para la Reactivación Económica y Social de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Jueves 21 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 55108
2. Respecto al artículo 11, ambas partes acuerdan que el Gobierno de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se compromete a promover la
correspondiente modificación legislativa, para añadir un segundo párrafo con el siguiente
tenor literal:
«Lo establecido en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 50 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.»
cve: BOE-A-2022-6538
Verificable en https://www.boe.es
II. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979 de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de la Región de Murcia».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 95
Jueves 21 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 55108
2. Respecto al artículo 11, ambas partes acuerdan que el Gobierno de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se compromete a promover la
correspondiente modificación legislativa, para añadir un segundo párrafo con el siguiente
tenor literal:
«Lo establecido en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 50 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.»
cve: BOE-A-2022-6538
Verificable en https://www.boe.es
II. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979 de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de la Región de Murcia».
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X