II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-6505)
Resolución de 12 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Jueves 21 de abril de 2022
Sec. II.B. Pág. 54942
de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas
o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.
Séptima.
Comisión de valoración.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad y que constará de un Presidente, un Secretario y tres
Vocales, de los cuales, al menos dos serán designados a propuesta del Centro Directivo
al que figuren adscritos los puestos de trabajo convocados.
El Presidente, el Secretario y uno de los Vocales, estarán destinados en la
Subsecretaría del Departamento.
Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro
en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en
su opción.
Los miembros titulares de la Comisión así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados, y poseer un grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior
al de los puestos convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación, entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto de trabajo con carácter definitivo por
cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo a la mayor
brevedad a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, mediante correo electrónico dirigido a: concursos@mapa.es, para
proceder a lo que corresponda en relación con su continuidad en el concurso.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo un plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas. Al listado de exclusiones se le dará publicidad
suficiente, que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web de este
cve: BOE-A-2022-6505
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
Núm. 95
Jueves 21 de abril de 2022
Sec. II.B. Pág. 54942
de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas
o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.
Séptima.
Comisión de valoración.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad y que constará de un Presidente, un Secretario y tres
Vocales, de los cuales, al menos dos serán designados a propuesta del Centro Directivo
al que figuren adscritos los puestos de trabajo convocados.
El Presidente, el Secretario y uno de los Vocales, estarán destinados en la
Subsecretaría del Departamento.
Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro
en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en
su opción.
Los miembros titulares de la Comisión así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados, y poseer un grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior
al de los puestos convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación, entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto de trabajo con carácter definitivo por
cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo a la mayor
brevedad a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, mediante correo electrónico dirigido a: concursos@mapa.es, para
proceder a lo que corresponda en relación con su continuidad en el concurso.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo un plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas. Al listado de exclusiones se le dará publicidad
suficiente, que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web de este
cve: BOE-A-2022-6505
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.