III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Indultos. (BOE-A-2022-6076)
Real Decreto 277/2022, de 12 de abril, por el que se indulta a don Luis Oubiña Rial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51621
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6076
Real Decreto 277/2022, de 12 de abril, por el que se indulta a don Luis
Oubiña Rial.
Visto el expediente de indulto de don Luis Oubiña Rial, condenado por el Juzgado de
lo Penal número 2 de Vigo, en sentencia de 18 de julio de 2017, como autor de un delito
de lesiones a la pena de dos años y tres meses de prisión e inhabilitación especial para
el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en
el año 2016, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del
Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de
acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia
y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2022,
Vengo en conmutar a don Luis Oubiña Rial la pena privativa de libertad impuesta por
otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma, el 12 de abril de 2022.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
cve: BOE-A-2022-6076
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51621
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6076
Real Decreto 277/2022, de 12 de abril, por el que se indulta a don Luis
Oubiña Rial.
Visto el expediente de indulto de don Luis Oubiña Rial, condenado por el Juzgado de
lo Penal número 2 de Vigo, en sentencia de 18 de julio de 2017, como autor de un delito
de lesiones a la pena de dos años y tres meses de prisión e inhabilitación especial para
el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en
el año 2016, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del
Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de
acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia
y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2022,
Vengo en conmutar a don Luis Oubiña Rial la pena privativa de libertad impuesta por
otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma, el 12 de abril de 2022.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
cve: BOE-A-2022-6076
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
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