III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-3984)
Resolución de 7 de marzo de 2022, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 14 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 30375

Segunda. Incorporación de un Anexo II en el Convenio en materia de suministro de
información para finalidades no tributarias, de 28 de enero de 2020, suscrito entre la
Agencia Tributaria y la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se incorpora un Anexo II en el Convenio en materia de suministro de información
para finalidades no tributarias, de 28 de enero de 2020, cuyo contenido es el siguiente:
«ANEXO II
Se recogen los siguientes suministros de información de la Agencia Tributaria
a la Comunidad Autónoma:
Categoría

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

Información

Ingresos íntegros fiscalmente computables incluidos en las autoliquidaciones
de pagos fraccionados del ejercicio, en régimen de estimación directa.
Entidades en régimen de atribución de rentas. Renta atribuible/Rendimiento
neto atribuible.
Importe neto de la cifra de negocios de la entidad o del grupo de
consolidación fiscal.
Base imponible antes de la aplicación de la reserva de capitalización y
compensación de bases imponibles negativas.
Pertenencia a un grupo fiscal sometido al régimen de consolidación fiscal de
territorio común, número de grupo y composición del mismo.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS) E IMPUESTO SOBRE LA
RENTA DE NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO
PERMANENTE (IRNR).

Pertenencia a un grupo fiscal sometido al régimen de consolidación fiscal de
territorio foral, si se dispone de dicha información.
Base imponible del grupo, previa a la aplicación de las reservas de
capitalización y a la compensación de bases imponibles negativas de
períodos anteriores.
Socios de las entidades solicitantes de las ayudas consignados en la
declaración del IS.
Resultado antes de impuestos y Resultado de la cuenta de Pérdidas y
Ganancias.
Grupos fiscales. Resultado antes de impuestos y Resultado del ejercicio
procedente de operaciones continuadas.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

Indicación de si se tributa en régimen simplificado o en régimen de grupo de
entidades.
Información sobre el volumen de operaciones a efectos del IVA.
Régimen general. Base imponible.
Número de perceptores medios de rendimientos del trabajo personal.»

cve: BOE-A-2022-3984
Verificable en https://www.boe.es

OTRA INFORMACIÓN.