II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Destinos. (BOE-A-2022-3927)
Resolución 44/2022, de 2 de marzo, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justica, por la que se resuelve el concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución 293/2021, de 30 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 14 de marzo de 2022

Sec. II.A. Pág. 30053

localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o
Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles, debiendo
disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el
nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.
Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda,
se le concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo o Escala de procedencia si ésta se
produce en un Cuerpo o Escala al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo
destino se le tendrá por cesado con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos
o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o
Auxilio Judicial, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.
El personal funcionario interino que actualmente ocupe las plazas que han sido
adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión del titular.
Octavo.
Para el supuesto de que personal funcionario reingresado, del indicado en el punto
Séptimo, tomara posesión antes de los días 18 ó 25 de marzo en un órgano judicial en el que
hubiera destinado un funcionario o funcionaria en activo, en servicios especiales o en
excedencia por cuidado de familiares, u otro personal funcionario adscrito provisional que
debiera trasladarse al haber obtenido un puesto de trabajo en el concurso, no se seguirá el
orden de cese establecido en el punto Quinto, sino que se deberá actuar de la siguiente forma:
a) El personal funcionario reingresado tomará posesión.
b) El personal funcionario en activo, en servicios especiales, en excedencia por
cuidado de familiares o en adscripción provisional, cesará el mismo día de la toma de
posesión del reingresado, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio
indicado en el punto Sexto.
c) Si el personal funcionario cesado en el apartado b) tomara posesión en un
órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en
los puntos a) y b), y así sucesivamente.
Cuando tome posesión un funcionario o funcionaria en activo, en servicios especiales
o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, y no haya cesado aún un funcionario
o funcionaria que deba reingresar o que esté en adscripción provisional, se deberá
actuar de la siguiente forma:
d) El personal funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por
cuidado de familiares tomará posesión.
e) El personal funcionario que deba reingresar o que esté en adscripción
provisional cesará el mismo día de la toma de posesión del personal funcionario en
activo, en servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares, empezando a
contarle al primero entonces el plazo posesorio indicado en el punto séptimo.
f) Si el personal funcionario cesado en el apartado e) tomara posesión en un
órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en
los puntos d) y e), y así sucesivamente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior
del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.1.c) de la Ley
Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y
del Sector Público Institucional Foral.
Pamplona, 2 de marzo de 2022.–El Director General de Justicia, Rafael Sainz de
Rozas Bedialauneta.

cve: BOE-A-2022-3927
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Noveno.