III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-3586)
Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Escuela de Arte y Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Salamanca, para la realización de prácticas curriculares en archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de Archivos Estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 27113
– Por enfermedad: entre un 10% y un 15% de la duración total de horas de las
prácticas programadas en el proyecto formativo. En este caso, el estudiante puede
ampliar el periodo o el horario de las prácticas por el número de horas de la enfermedad,
tras aportar la justificación del parte médico.
– Por otros supuestos debidamente justificados y consensuados entre EASCRBCS y
los Archivos, Centros y Servicios dependientes de la Subdirección General de Archivos
Estatales.
5. Incorporar como anexo un proyecto formativo en que se concretará la realización
de cada práctica. Dicho proyecto deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a
desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas,
genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo
se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal.
6. El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. El convenio se acoge a lo establecido en la Orden EDU/169/2013, de 20 de
marzo, por la que se regula el trabajo final y las prácticas externas de las enseñanzas
artísticas superiores de Diseño, de Artes Plásticas, especialidad de Vidrio, y de
Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Castilla y León.
Tercera. Compromisos del Ministerio de Cultura y Deporte.
1. Recibir en las sedes de los Archivos, Centros y Servicios en el período y horario
que se indican en la cláusula anterior.
2. Determinar el número de alumnos en prácticas según la disponibilidad y
necesidades del Archivo, que en ningún caso podrá ser superior a 5 estudiantes por
curso.
3. Facilitar a los asistentes los medios necesarios para conseguir los objetivos
propuestos de conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico Documental Español.
4. Colaborar o intervenir en la programación y seguimiento de las prácticas a través
del Director del Archivo, o personal en quien este delegue en calidad de coordinador
técnico de las prácticas.
5. El Ministerio de Cultura y Deporte colaborará con las instalaciones y los medios
profesionales, de personal y técnicos disponibles.
Cuarta. Compromisos de Escuela de Arte y Superior de Conservación y Restauración
de bienes culturales de Salamanca.
1. La EASCRBCS se compromete a informar y recabar la conformidad del/os
Director/es de los Archivos, Centros y Servicios sobre todas las incidencias no previstas
en el presente convenio o en los programas de las prácticas aportados con las
solicitudes de colaboración, así como a informar del número e identificación de los
asistentes en la realización de las actividades docentes y de cuantos aspectos se
relacionen con las mismas.
2. La EASCRBCS responderá de los daños que puedan ocasionarse a los fondos e
instalaciones del centro por parte de los alumnos que participen en la realización de las
prácticas conforme al seguro de responsabilidad civil que tiene suscrito la EASCRBCS.
Dicho seguro se actualiza anualmente para la realización de prácticas tanto en empresas
privadas como en organismos públicos.
3. La EASCRBCS se compromete a cumplir y hacer cumplir a los participantes de
este convenio cualquier instrucción del Director del centro o del personal en quien
delegue.
cve: BOE-A-2022-3586
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 27113
– Por enfermedad: entre un 10% y un 15% de la duración total de horas de las
prácticas programadas en el proyecto formativo. En este caso, el estudiante puede
ampliar el periodo o el horario de las prácticas por el número de horas de la enfermedad,
tras aportar la justificación del parte médico.
– Por otros supuestos debidamente justificados y consensuados entre EASCRBCS y
los Archivos, Centros y Servicios dependientes de la Subdirección General de Archivos
Estatales.
5. Incorporar como anexo un proyecto formativo en que se concretará la realización
de cada práctica. Dicho proyecto deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a
desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas,
genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo
se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal.
6. El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. El convenio se acoge a lo establecido en la Orden EDU/169/2013, de 20 de
marzo, por la que se regula el trabajo final y las prácticas externas de las enseñanzas
artísticas superiores de Diseño, de Artes Plásticas, especialidad de Vidrio, y de
Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Castilla y León.
Tercera. Compromisos del Ministerio de Cultura y Deporte.
1. Recibir en las sedes de los Archivos, Centros y Servicios en el período y horario
que se indican en la cláusula anterior.
2. Determinar el número de alumnos en prácticas según la disponibilidad y
necesidades del Archivo, que en ningún caso podrá ser superior a 5 estudiantes por
curso.
3. Facilitar a los asistentes los medios necesarios para conseguir los objetivos
propuestos de conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico Documental Español.
4. Colaborar o intervenir en la programación y seguimiento de las prácticas a través
del Director del Archivo, o personal en quien este delegue en calidad de coordinador
técnico de las prácticas.
5. El Ministerio de Cultura y Deporte colaborará con las instalaciones y los medios
profesionales, de personal y técnicos disponibles.
Cuarta. Compromisos de Escuela de Arte y Superior de Conservación y Restauración
de bienes culturales de Salamanca.
1. La EASCRBCS se compromete a informar y recabar la conformidad del/os
Director/es de los Archivos, Centros y Servicios sobre todas las incidencias no previstas
en el presente convenio o en los programas de las prácticas aportados con las
solicitudes de colaboración, así como a informar del número e identificación de los
asistentes en la realización de las actividades docentes y de cuantos aspectos se
relacionen con las mismas.
2. La EASCRBCS responderá de los daños que puedan ocasionarse a los fondos e
instalaciones del centro por parte de los alumnos que participen en la realización de las
prácticas conforme al seguro de responsabilidad civil que tiene suscrito la EASCRBCS.
Dicho seguro se actualiza anualmente para la realización de prácticas tanto en empresas
privadas como en organismos públicos.
3. La EASCRBCS se compromete a cumplir y hacer cumplir a los participantes de
este convenio cualquier instrucción del Director del centro o del personal en quien
delegue.
cve: BOE-A-2022-3586
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56