III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-3582)
Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Normalización, para el funcionamiento del Comité Técnico de Normalización AEN/CTN 318 "Riegos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Lunes 7 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 27079

divergentes con aquéllas dentro de los plazos marcados y siguiendo las directrices
dadas por UNE, y cualquier otra actividad derivada del desarrollo de la normalización.
– Presentar a UNE los proyectos y propuestas de normas para su difusión a
Información Pública y edición, respectivamente, dentro de los plazos marcados.
– Cumplir los acuerdos del Comité y velar por que los mismos se adopten de
conformidad con los Estatutos y Reglamentos de UNE.
– Tener y, cuando se lo solicite UNE, proporcionar un organigrama en el que se
muestren claramente las responsabilidades y estructura jerárquica del CTN «Riegos» en
lo que se refiere a las actividades de normalización.
– Disponer de un procedimiento para el control de la documentación relativa a la
normalización y asegurar que:
• Las ediciones vigentes de la documentación necesaria están disponibles.
• Se distribuyen adecuadamente y con tiempo suficiente a los expertos de los
órganos de trabajo de los Comités.
– Los documentos anulados se retirarán en el menor plazo posible de la Secretaría y
ésta deberá informar, con los medios adecuados, de las anulaciones y actualizaciones
que se produzcan.
– Disponer de un sistema de registros que identifique cómo se aplican los
procedimientos de normalización establecidos por UNE. Las actas de las reuniones del
Comité se considerarán registros y se conservarán sin tiempo limitado. La restante
documentación se conservará al menos durante tres años. Todos los registros estarán
siempre a disposición de UNE.
– Informar a UNE de cualquier reclamación que se produzca acerca de las
actividades desarrolladas por la misma.
– Toda subcontratación de las tareas a las que se refiere este convenio deberá
disponer previamente de la autorización escrita de UNE.
– Permitir a UNE, siempre que lo solicite, la realización de auditorias para comprobar el
cumplimiento de este convenio. UNE informará a la Secretaría del resultado de tales auditorias.
e) El Secretario deberá tener la competencia necesaria para desarrollar las
funciones que tiene asignadas.
f) El Secretario y el personal adscrito a la Secretaría participarán en las actividades
de actualización de conocimientos relacionados con sus funciones, propuestas por UNE.
g) El personal adscrito a la Secretaría dispondrá de instrucciones precisas, por
escrito, sobre sus obligaciones y responsabilidades, las cuales deberán mantenerse al
día. Dichas instrucciones serán impartidas por el secretario, perteneciente al MAPA.
Son obligaciones del UNE:

a) Facilitar en su última versión, toda la documentación necesaria para el desarrollo
de las tareas de la Secretaría.
b) Facilitar regularmente a la Secretaría del Comité toda la documentación que reciba de
aquellos órganos de trabajo internacionales cuyo seguimiento haya sido asignado al Comité, así
como toda aquella documentación que afecte al Comité por su campo de actividad.
c) Realizar la canalización de la participación en los foros internacionales y
regionales de normalización asignados al Comité (ISO/IEC y CEN/CENELEC) en lo que
respecta a la asistencia de expertos y delegados.
d) Realizar la canalización de las posiciones nacionales (votos y comentarios) a los
foros internacionales y regionales de normalización asignados al Comité (ISO/IEC y
CEN/CENELEC).
e) Designar un técnico con formación universitaria para que asista al Comité con la
misión de asesoramiento y gestión de los trabajos de Secretaría. Asimismo garantizará
la presencia de un técnico de su plantilla en las reuniones plenarias que celebre el
Comité así como en aquellas otras reuniones de sus órganos de trabajo que se le solicite
y ello le sea posible.

cve: BOE-A-2022-3582
Verificable en https://www.boe.es

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