II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2022-3546)
Acuerdo de 3 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas de especialización para la provisión de plazas de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional social.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de marzo de 2022

Sec. II.B. Pág. 26567

dispuesto en el artículo 232 del Reglamento 2/2011, una licencia por estudios de hasta
un mes con los requisitos y efectos previstos en el artículo 233 del citado reglamento.
4. Para acceder a estas las pruebas será preciso acreditar haber participado en
actividades de formación continua con perspectiva de género con un mínimo de
cincuenta horas lectivas.
Tercera. Presentación de solicitudes.
1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas para la especialización en
asuntos del orden jurisdiccional social, que se facilitará gratuitamente en internet, en
el punto de acceso general (https://administracion.gob.es/PAG/ips). La presente
convocatoria está exenta del abono de tasas.
2. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3. La presentación de la solicitud se realizará por cualquiera de los medios
siguientes:
a) Preferentemente, por vía electrónica: para ello deberán acceder a la solicitud a
través del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), elegir la
convocatoria de pruebas de la carrera judicial para la especialización en el orden
jurisdiccional social, pulsar la opción «inscribirse» y, a continuación, elegir la opción
«realice su inscripción online», siguiendo las instrucciones que se le indiquen. Para optar
por esta vía es necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma
electrónica cl@ve (más información para su obtención en http://www.clave.gob.es/
clave_Home/clave.html y en http://www.dnielectronico.es). La presentación por esta vía
permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El registro electrónico de la solicitud.
b) Excepcionalmente, en soporte papel: para ello deberán acceder a la solicitud a
través del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), elegir la
convocatoria de pruebas de la carrera judicial para la especialización en el orden
jurisdiccional social, pulsar la opción «inscribirse» y, a continuación, la opción «imprima y
entregue el documento 790», siguiendo las instrucciones que se le indiquen. Una vez
cumplimentados todos los datos del formulario, deberán pulsar en la parte inferior del
mismo sobre la opción «generar solicitud» y al imprimirla constará de tres copias:
«ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la
entidad colaboradora».
Una vez cumplimentado deberán presentarlo en el Registro General del Consejo
General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada, núm. 8, 28004 Madrid)
directamente o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
4. El Consejo General del Poder Judicial accederá a los registros públicos
correspondientes al objeto de acreditar el cumplimiento por las personas aspirantes de
los requisitos exigidos en la base segunda, salvo oposición expresa de estas, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 28 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de procedimiento administrativo común, tras la modificación operada por la
disposición final duodécima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

cve: BOE-A-2022-3546
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 56