III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-3329)
Resolución 420/38044/2022, de 23 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de La Laguna, para la realización de prácticas académicas externas en las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa en Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 24638
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional, establece que el Ministerio de Defensa (MINISDEF) promoverá el desarrollo de
la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se
identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las
Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, La Ley 39/2007,
de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que «el Ministerio de Defensa
promoverá la colaboración con universidades, centros de formación profesional e
instituciones educativas, civiles y militares, nacionales o extranjeras, para impartir
determinadas enseñanzas o cursos y para desarrollar programas de investigación, a
través de conciertos u otro tipo de acuerdos».
Segundo.
Que la Universidad de La Laguna (ULL) tiene como función la prestación del servicio
público de la educación superior, mediante la investigación, la docencia y el estudio,
según lo dispuesto en el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades.
Tercero.
Que tanto el MINISDEF como la ULL están de acuerdo en establecer un ámbito de
cooperación en el ámbito institucional, educativo y cultural entre ambos, a través de sus
Unidades, Centros, y Organismos (UCOs) existentes en Canarias, supeditado siempre a
las necesidades de la Defensa Nacional.
Cuarto.
Que el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, contempla la posibilidad de
establecer y desarrollar, mediante convenios, programas de prácticas externas para los
estudiantes que cursen estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios
oficiales.
Quinto.
Que la ULL goza de autonomía universitaria de acuerdo con la Constitución
Española y la Ley Orgánica, de 21 de diciembre, de Universidades.
Que la Universidad imparte enseñanzas de Grado/Máster en materia de diversas
asignaturas de interés para ambas partes.
Séptimo.
Que los planes de estudios correspondientes a las enseñanzas oficiales de la ULL
incluyen un cierto número de créditos que se corresponden con la realización de
prácticas externas curriculares de los estudiantes que cursan dichos planes, con objeto
de complementar su formación académica.
cve: BOE-A-2022-3329
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 24638
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional, establece que el Ministerio de Defensa (MINISDEF) promoverá el desarrollo de
la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se
identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las
Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, La Ley 39/2007,
de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que «el Ministerio de Defensa
promoverá la colaboración con universidades, centros de formación profesional e
instituciones educativas, civiles y militares, nacionales o extranjeras, para impartir
determinadas enseñanzas o cursos y para desarrollar programas de investigación, a
través de conciertos u otro tipo de acuerdos».
Segundo.
Que la Universidad de La Laguna (ULL) tiene como función la prestación del servicio
público de la educación superior, mediante la investigación, la docencia y el estudio,
según lo dispuesto en el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades.
Tercero.
Que tanto el MINISDEF como la ULL están de acuerdo en establecer un ámbito de
cooperación en el ámbito institucional, educativo y cultural entre ambos, a través de sus
Unidades, Centros, y Organismos (UCOs) existentes en Canarias, supeditado siempre a
las necesidades de la Defensa Nacional.
Cuarto.
Que el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, contempla la posibilidad de
establecer y desarrollar, mediante convenios, programas de prácticas externas para los
estudiantes que cursen estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios
oficiales.
Quinto.
Que la ULL goza de autonomía universitaria de acuerdo con la Constitución
Española y la Ley Orgánica, de 21 de diciembre, de Universidades.
Que la Universidad imparte enseñanzas de Grado/Máster en materia de diversas
asignaturas de interés para ambas partes.
Séptimo.
Que los planes de estudios correspondientes a las enseñanzas oficiales de la ULL
incluyen un cierto número de créditos que se corresponden con la realización de
prácticas externas curriculares de los estudiantes que cursan dichos planes, con objeto
de complementar su formación académica.
cve: BOE-A-2022-3329
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.