III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-3329)
Resolución 420/38044/2022, de 23 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de La Laguna, para la realización de prácticas académicas externas en las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa en Canarias.
<< 10 << Página 10
Página 11 Pág. 11
-
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 2 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 24647

MODELO II. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD DEL ESTUDIANTE EN RELACIÓN
CON EL CONVENIO ENTRE EL MINISDEF Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA,
PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS. ESTUDIANTES
MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS
1. El estudiante, abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al
amparo del convenio arriba citado, ateniéndose a la normativa vigente y se compromete a:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad de La Laguna (ULL).
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado.
c) Mantener contacto con el tutor académico durante el desarrollo de la práctica y
comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los
documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse al centro donde se desarrollen las prácticas en la fecha acordada,
cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la unidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 del Real
Decreto 592/2014 de 11 de julio, y, en su caso, el informe intermedio según instrucciones de
la ULL.
g) Guardar confidencialidad y guardar secreto profesional sobre sus actividades,
durante su estancia y finalizada esta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia el MINISDEF y hacia la ULL.
2.

Asimismo, reconoce los siguientes derechos:

cve: BOE-A-2022-3329
Verificable en https://www.boe.es

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad o del centro educativo correspondiente y, en su caso, por un
profesional que preste servicios en el MINISDEF.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad o del
centro educativo correspondiente y, en su caso, por el MINISDEF.
c) A la obtención de un informe por parte de la unidad donde ha realizado las
prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso,
su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos
laborales allí donde se desarrollen las prácticas.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la universidad o centro
donde se desarrollen las prácticas.
g) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
h) A disfrutar de los permisos reconocidos en la normativa en vigor.
Lugar, fecha (día, mes y año).
Enterado y conforme.
El estudiante,

Nombre y apellidos

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X