III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-3335)
Resolución de 23 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 24840
Modificación de la cláusula segunda «Actuaciones a desarrollar».
La cláusula segunda del convenio se modifica quedando redactada de la siguiente
forma:
Las actuaciones programadas para el cumplimiento del objeto del presente convenio,
tanto si se celebran física o virtualmente, son las siguientes:
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
SPECIALITY & FINE FOOD LONDON, 2021.
ECRM EUROPE, 2021.
FOOD INGREDIENTS ASIA-EUROPE, 2021.
SIRHA LYON, 2021.
YUMMEX MIDDLE EAST, 2021.
MIDDLE EAST ORGANIC & NATURAL PRODUCTS EXPO, 2021.
WINTER FANCY FOOD, 2022.
FOODEX SAUDI 2022.
ECRM EUROPE 2022.
IFE LONDON 2022.
CIBUS, 2022.
SIAL CHINA, 2022.
SEOUL FOOD &HOTEL, 2022.
BIOFACH GERMANY, 2022.
Tercera.
Modificación del «Anexo I».
El anexo I del convenio se modifica sustituyéndose por el que figura como anexo a
esta adenda, el cual no implica modificación del presupuesto total para la
anualidad 2022.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda de modificación surtirá efectos desde su inscripción en el
REOICO, hasta el 31 de agosto de 2022. Asimismo será publicada en el «Boletín Oficial
del Estado»
cve: BOE-A-2022-3335
Verificable en https://www.boe.es
Para la debida constancia de lo convenido se firma electrónicamente el presente
documento, en el lugar y la fecha al inicio indicada.–El Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, P. D. Secretario General de Agricultura y Alimentación,
Orden APA/21/2019, de 10 de enero, Fernando Miranda Sotillos.–El Director General de
la FIAB, Mauricio García de Quevedo Ruiz.
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 24840
Modificación de la cláusula segunda «Actuaciones a desarrollar».
La cláusula segunda del convenio se modifica quedando redactada de la siguiente
forma:
Las actuaciones programadas para el cumplimiento del objeto del presente convenio,
tanto si se celebran física o virtualmente, son las siguientes:
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SPECIALITY & FINE FOOD LONDON, 2021.
ECRM EUROPE, 2021.
FOOD INGREDIENTS ASIA-EUROPE, 2021.
SIRHA LYON, 2021.
YUMMEX MIDDLE EAST, 2021.
MIDDLE EAST ORGANIC & NATURAL PRODUCTS EXPO, 2021.
WINTER FANCY FOOD, 2022.
FOODEX SAUDI 2022.
ECRM EUROPE 2022.
IFE LONDON 2022.
CIBUS, 2022.
SIAL CHINA, 2022.
SEOUL FOOD &HOTEL, 2022.
BIOFACH GERMANY, 2022.
Tercera.
Modificación del «Anexo I».
El anexo I del convenio se modifica sustituyéndose por el que figura como anexo a
esta adenda, el cual no implica modificación del presupuesto total para la
anualidad 2022.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda de modificación surtirá efectos desde su inscripción en el
REOICO, hasta el 31 de agosto de 2022. Asimismo será publicada en el «Boletín Oficial
del Estado»
cve: BOE-A-2022-3335
Verificable en https://www.boe.es
Para la debida constancia de lo convenido se firma electrónicamente el presente
documento, en el lugar y la fecha al inicio indicada.–El Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, P. D. Secretario General de Agricultura y Alimentación,
Orden APA/21/2019, de 10 de enero, Fernando Miranda Sotillos.–El Director General de
la FIAB, Mauricio García de Quevedo Ruiz.