II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-3326)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Arquitectura-Delineante/a (Subgrupo C1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. II.B. Pág. 24618
En el anexo IV figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea
aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán adjuntar a la solicitud de
participación, el certificado del grado de discapacidad y el dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.
Si no se adjunta el dictamen técnico facultativo no será posible la concesión de la
adaptación solicitada.
3.8 Los errores materiales que se puedan advertir en la solicitud de participación se
podrán corregir en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.
Cuarta. Admisión de las personas aspirantes.
4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y
después de la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos de participación
señalados en esta convocatoria, así como el pago de los derechos de examen y/o la
justificación de la exención del abono de los mismos, la Rectora o el Rector dictará una
resolución que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y
que contendrá la lista provisional de personas admitidas y excluidas a la realización de
las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de diez días hábiles para que se puedan
formular alegaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de
acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de alegaciones o subsanación de defectos que hayan motivado la
exclusión, deberá realizarse en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de
València (ENTREU) en la siguiente dirección electrónica señalada en la base 3.1 de esta
convocatoria.
En cualquier caso, para evitar equivocaciones y posibilitar la enmienda de posibles
errores dentro del plazo y en la forma oportuna, las personas aspirantes comprobarán
fehacientemente, no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que
además su nombre, apellidos y datos del DNI, NIE o pasaporte constan correctamente
en la relación de personas admitidas.
Las personas aspirantes que no subsanen los defectos detectados o no aleguen las
omisiones dentro del plazo señalado serán definitivamente excluidas de la participación
en estas pruebas.
4.3 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y de alegaciones, y subsanados
los defectos, se dictará una nueva resolución que contendrá la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas, la fecha, el lugar y la hora de la realización del primer
ejercicio. Esta resolución se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV).
4.4 Es causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de
estas bases:
– No haber adjuntado la copia completa del DNI, NIE o pasaporte o que este resulte
ilegible.
Devolución de los derechos de examen.
De conformidad con lo que establece el artículo 1.2.6 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de Tasas, no procederá la devolución de las tasas por
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las personas aspirantes de los
procedimientos selectivos por causas imputables exclusivamente a ellas.
Quinta.
Desarrollo de las pruebas selectivas.
5.1 Los ejercicios se realizarán en las dependencias de la Universitat de València.
El primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la
cve: BOE-A-2022-3326
Verificable en https://www.boe.es
4.5
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. II.B. Pág. 24618
En el anexo IV figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea
aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán adjuntar a la solicitud de
participación, el certificado del grado de discapacidad y el dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.
Si no se adjunta el dictamen técnico facultativo no será posible la concesión de la
adaptación solicitada.
3.8 Los errores materiales que se puedan advertir en la solicitud de participación se
podrán corregir en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.
Cuarta. Admisión de las personas aspirantes.
4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y
después de la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos de participación
señalados en esta convocatoria, así como el pago de los derechos de examen y/o la
justificación de la exención del abono de los mismos, la Rectora o el Rector dictará una
resolución que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y
que contendrá la lista provisional de personas admitidas y excluidas a la realización de
las pruebas.
4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de diez días hábiles para que se puedan
formular alegaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de
acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de alegaciones o subsanación de defectos que hayan motivado la
exclusión, deberá realizarse en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de
València (ENTREU) en la siguiente dirección electrónica señalada en la base 3.1 de esta
convocatoria.
En cualquier caso, para evitar equivocaciones y posibilitar la enmienda de posibles
errores dentro del plazo y en la forma oportuna, las personas aspirantes comprobarán
fehacientemente, no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que
además su nombre, apellidos y datos del DNI, NIE o pasaporte constan correctamente
en la relación de personas admitidas.
Las personas aspirantes que no subsanen los defectos detectados o no aleguen las
omisiones dentro del plazo señalado serán definitivamente excluidas de la participación
en estas pruebas.
4.3 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y de alegaciones, y subsanados
los defectos, se dictará una nueva resolución que contendrá la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas, la fecha, el lugar y la hora de la realización del primer
ejercicio. Esta resolución se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV).
4.4 Es causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de
estas bases:
– No haber adjuntado la copia completa del DNI, NIE o pasaporte o que este resulte
ilegible.
Devolución de los derechos de examen.
De conformidad con lo que establece el artículo 1.2.6 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de Tasas, no procederá la devolución de las tasas por
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las personas aspirantes de los
procedimientos selectivos por causas imputables exclusivamente a ellas.
Quinta.
Desarrollo de las pruebas selectivas.
5.1 Los ejercicios se realizarán en las dependencias de la Universitat de València.
El primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la
cve: BOE-A-2022-3326
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