I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-3292)
Real Decreto 156/2022, de 1 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. I. Pág. 24337
E) El Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
Lengua, con rango de Subsecretaría, del que depende la Oficina del Comisionado
especial para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua, con rango de
Dirección General.
2. Queda suprimida la Dirección General de Telecomunicaciones y
Tecnologías de la Información.»
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital.
El Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, queda
modificado como sigue:
Uno.
Se añade un apartado 8 en el artículo 1, con la siguiente redacción:
«8. Depende directamente de la persona titular del Departamento el
Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua, con
rango de Subsecretaría, del que depende la Oficina del Comisionado especial
para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua.
Este Comisionado desarrollará sus funciones con respeto a las competencias
que corresponden a los distintos departamentos ministeriales en este ámbito.»
Dos.
Se añade un nuevo artículo 14 con la siguiente redacción:
«Artículo 14.
Lengua.
Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
a) Promover estrategias, políticas y medidas que promocionen la nueva
economía de la lengua y estimulen y atraigan a España la actividad económica, el
emprendimiento, la innovación, la inversión y el talento en el ámbito del PERTE.
b) Potenciar la colaboración público-privada para la óptima ejecución de los
proyectos relativos a la nueva economía de la lengua.
c) Potenciar la escala, la expansión internacional y las sinergias de las
distintas iniciativas en el ámbito de la nueva economía de la lengua.
d) Impulsar y coordinar el diseño, la ejecución y el seguimiento del PERTE
que impulse la nueva economía de la lengua en España en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) Proponer, coordinar e impulsar la ejecución y seguimiento de las medidas
e iniciativas de los departamentos ministeriales y organismos involucrados, en los
ámbitos de su competencia
2. Con funciones de apoyo técnico al Comisionado Especial, se crea la
Oficina del Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
Lengua, cuyo titular tendrá rango de Director General.»
cve: BOE-A-2022-3292
Verificable en https://www.boe.es
1. Bajo la dependencia directa de la persona titular del Departamento,
existirá un Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
Lengua, con rango de Subsecretaría, que se encargará de impulsar y coordinar
todos los proyectos relativos al Proyecto Estratégico para la Recuperación y
Transformación de la Economía (en adelante PERTE). En particular, llevará a cabo
las siguientes funciones, sin perjuicio de las que correspondan a los
departamentos ministeriales:
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. I. Pág. 24337
E) El Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
Lengua, con rango de Subsecretaría, del que depende la Oficina del Comisionado
especial para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua, con rango de
Dirección General.
2. Queda suprimida la Dirección General de Telecomunicaciones y
Tecnologías de la Información.»
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital.
El Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, queda
modificado como sigue:
Uno.
Se añade un apartado 8 en el artículo 1, con la siguiente redacción:
«8. Depende directamente de la persona titular del Departamento el
Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua, con
rango de Subsecretaría, del que depende la Oficina del Comisionado especial
para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua.
Este Comisionado desarrollará sus funciones con respeto a las competencias
que corresponden a los distintos departamentos ministeriales en este ámbito.»
Dos.
Se añade un nuevo artículo 14 con la siguiente redacción:
«Artículo 14.
Lengua.
Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
a) Promover estrategias, políticas y medidas que promocionen la nueva
economía de la lengua y estimulen y atraigan a España la actividad económica, el
emprendimiento, la innovación, la inversión y el talento en el ámbito del PERTE.
b) Potenciar la colaboración público-privada para la óptima ejecución de los
proyectos relativos a la nueva economía de la lengua.
c) Potenciar la escala, la expansión internacional y las sinergias de las
distintas iniciativas en el ámbito de la nueva economía de la lengua.
d) Impulsar y coordinar el diseño, la ejecución y el seguimiento del PERTE
que impulse la nueva economía de la lengua en España en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) Proponer, coordinar e impulsar la ejecución y seguimiento de las medidas
e iniciativas de los departamentos ministeriales y organismos involucrados, en los
ámbitos de su competencia
2. Con funciones de apoyo técnico al Comisionado Especial, se crea la
Oficina del Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
Lengua, cuyo titular tendrá rango de Director General.»
cve: BOE-A-2022-3292
Verificable en https://www.boe.es
1. Bajo la dependencia directa de la persona titular del Departamento,
existirá un Comisionado especial para la Alianza por la Nueva Economía de la
Lengua, con rango de Subsecretaría, que se encargará de impulsar y coordinar
todos los proyectos relativos al Proyecto Estratégico para la Recuperación y
Transformación de la Economía (en adelante PERTE). En particular, llevará a cabo
las siguientes funciones, sin perjuicio de las que correspondan a los
departamentos ministeriales: