III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2022-3186)
Resolución de 22 de febrero de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., y la Alianza de la Sanidad Privada Española, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos y tejidos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23752

desarrollo de un proyecto de formación basado en el contenido de dicho documento de
consenso y en los principios en los que se sustenta, dirigido a profesionales sanitarios de
los centros asociados a ASPE y del Sistema Nacional de Salud.
II. La colaboración instrumentada mediante dicho acuerdo ha funcionado
correctamente, desde su firma hasta la actualidad, permitiendo el desarrollo de un
documento de consenso para facilitar la formación y colaboración entre los profesionales
sanitarios de los centros asociados a ASPE y del Sistema Nacional de Salud, con el fin
último de respetar el derecho de una persona a que se le ofrezca la oportunidad de ser
donante en el momento de su fallecimiento, independientemente de que dicho
fallecimiento tenga lugar en un centro sanitario público o privado, al tiempo que se
aumentan las opciones de trasplante de los pacientes en necesidad de órganos y tejidos
humanos en nuestro país.
III. La cláusula séptima del Convenio actualmente en vigor prevé la posibilidad de
su prórroga, mediante acuerdo expreso, con un límite temporal de tres años adicionales.
Por lo expuesto, con el ánimo de consolidar, mejorar y fomentar las actividades
señaladas, las partes
ACUERDAN
Cláusula primera.
La prórroga del Convenio para la colaboración técnica, científica y docente en el
ámbito de la donación y el trasplante de órganos y tejidos, publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» el 20 de febrero de 2019, con una duración de tres años en virtud de
lo previsto en su cláusula séptima.
En lo no previsto en la presente adenda, regirá entre las partes el Convenio original.
Cláusula segunda.
La presente Adenda será eficaz a partir de su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO),
publicándose posteriormente en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

cve: BOE-A-2022-3186
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, se firma la presente Adenda de prórroga en el lugar y
fecha indicados en el encabezado.–La Directora General de la Organización Nacional de
Trasplantes, Beatriz Domínguez-Gil González.–El Presidente de la Alianza de la Sanidad
Privada Española, Carlos Rus Palacios.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X