III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-3176)
Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Servicios e Inspección, por la que se publica el Convenio con la Escuela Internacional de Protocolo, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23696

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
3176

Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Servicios e
Inspección, por la que se publica el Convenio con la Escuela Internacional de
Protocolo, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la
Escuela Internacional de Protocolo para el desarrollo de programas de cooperación
educativa, anexo a esta Resolución.
Madrid, 21 de febrero de 2022.–El Director General de Servicios e Inspección, Miguel
Ordozgoiti de la Rica.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Escuela
Internacional de Protocolo para el desarrollo de programas de cooperación
educativa
En Madrid, a 17 de febrero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Ernesto Abati García-Manso, Subsecretario de Agricultura, Pesca,
y Alimentación, en virtud Real Decreto 961/2021, de 2 de noviembre de 2021, por el que
se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación en virtud de las atribuciones del capítulo II punto
segundo de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para
administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
De otra parte, don Gerardo Correas Sánchez, Presidente de la Escuela Internacional
de Protocolo, Sociedad Limitada –con domicilio en el número 17 de la calle los Vascos
de Madrid y CIF: B82145731–, en el ejercicio de las competencias atribuidas en los
Estatutos de la Sociedad, en calidad de Administrador.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), en virtud del Real
Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales, es el Departamento de la Administración General del
Estado competente para la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria, de
desarrollo rural y de alimentación. Corresponde al Subsecretario de Agricultura, Pesca y

cve: BOE-A-2022-3176
Verificable en https://www.boe.es

Primero.