III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-3169)
Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en la Consejería de Educación en Portugal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022
Segunda.
A.

Sec. III. Pág. 23642

Condiciones generales del convenio.

Oferta del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional podrá ofrecer plazas de prácticas
con la periodicidad o cuantía que desee.
B.

Modalidades de prácticas académicas externas.

a) Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares:
Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del
Plan de Estudios de que se trate.
b) Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar
con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos
fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de
Estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento
Europeo al Título conforme determine la normativa vigente. Asimismo, cuando las
prácticas se realicen en el marco del programa Erasmus+, los recién titulados podrán
realizar prácticas en el año siguiente a la finalización de sus estudios superiores.
C.

Naturaleza y condiciones de las prácticas.

La naturaleza y condiciones particulares de cada práctica concreta serán establecidas
entre la Universidad Internacional de La Rioja y la Consejería de Educación en Portugal
para cada una de ellas.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las
actividades académicas del estudiante, con una duración que establezca el plan de
estudios correspondiente, no superior al cincuenta por ciento de los créditos del curso
académico correspondiente, conforme regulación del Real Decreto 1125/2003, de 5
de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de
calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional. Cuando las prácticas se realicen en el marco del programa Erasmus+,
su duración mínima y máxima se ajustará a la normativa establecida en la Guía del
Programa.
La colaboración de este convenio se concretará en un proyecto formativo por
estudiante, que constará en documento anexo, y será firmado por el tutor académico
designado por la Universidad Internacional de La Rioja, el estudiante y el tutor designado
por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. En este anexo se recogerán las
condiciones particulares de las prácticas (fechas de comienzo y finalización, horario,
lugar de desarrollo y contenido específico de las prácticas), los datos identificativos del
estudiante y el proyecto formativo (objetivo y contenido de las prácticas. Se adjunta
anexo. Cuando las prácticas se realicen en el marco del programa Erasmus+, el proyecto
formativo se formalizará a través del modelo de Acuerdo de aprendizaje para prácticas
establecido en el mismo.
Desarrollo de las prácticas.

1. La actividad del estudiante será tutorizada y evaluada simultáneamente por un
tutor del centro o programa donde el alumno realice las prácticas y por un profesor de la
Universidad Internacional de La Rioja (en adelante, tutor académico), con el fin de
permitir a dicha Universidad la calificación del período de prácticas y la constatación
de la misma en su expediente académico.
2. El estudiante tendrá derecho a los permisos necesarios para asistir a los
exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios,
comunicándolo previamente y con antelación suficiente al centro donde realice las
prácticas.
3. El estudiante tendrá derecho: a disponer de los recursos necesarios para el
acceso de los estudiantes con discapacidad.

cve: BOE-A-2022-3169
Verificable en https://www.boe.es

D.