III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-3169)
Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en la Consejería de Educación en Portugal.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23640

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
3169

Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja,
para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de
posgrado en la Consejería de Educación en Portugal.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Internacional
de La Rioja, han suscrito, con fecha 17 de febrero de 2022, un Convenio para la
realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito
de la Consejería de Educación en Portugal, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de febrero de 2022.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad
Internacional de La Rioja para la realización de prácticas académicas
de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería
de Educación en Portugal
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por don José Manuel Bar Cendón, Director General de Planificación y Gestión
Educativa, nombrado por Real Decreto 752/2021, de 24 de agosto, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación
de competencias.
Y de otra, la Universidad Internacional de La Rioja con domicilio a los efectos del
presente convenio en avda. de la Paz, número 137, 26006 Logroño, La Rioja y, en su
nombre y representación, el Rector Magnífico, Prof. Dr. José María Vázquez GarcíaPeñuela nombrado por el Consejo Directivo, actúa por las facultades que le otorga de
conformidad con las Normas de Funcionamiento y Organización de la universidad y
habiéndose cumplido con las prescripciones legales prevista, en su reunión celebrada
el 3 de julio de 2009.

EXPONEN
I. Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 1045/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación
profesional. Dicho Real Decreto en su artículo 5 recoge las funciones de la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, entre las que se encuentran «la planificación,
dirección y gestión de los servicios de educación en el exterior encuadrados en las

cve: BOE-A-2022-3169
Verificable en https://www.boe.es

Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,