III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-3172)
Resolución de 18 de febrero de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación Foro de Marcas Renombradas, para la colaboración en el desarrollo del proyecto Conexión España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23673

– Elaboración y aprobación de las convocatorias de actividades, de forma previa a
su difusión, para determinar conjuntamente su enfoque, así como la documentación que
va a ser entregada a los participantes.
– Programación, coordinación y organización de las actividades que se lleven a cabo
al amparo del presente convenio.
– Activar sus canales de comunicación propios para la difusión del Proyecto,
incluyendo redes sociales.
– Por las características del proyecto en todas las comunicaciones públicas y
actuaciones a desarrollar, se dará una visibilidad destacada a la Secretaría de Estado de
Comercio y a ICEX.
– Ambas Partes supervisarán las actividades programadas y realizarán un
seguimiento y evaluación de las actividades realizadas.
– Proponer cualquier otra iniciativa que pueda contribuir a la visibilidad y al éxito del
proyecto.
En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las Partes en
alguna de las actividades, la otra Parte podrá negarse a otorgar su conformidad en lo
que a la cofinanciación de esa/s actividad/es se refiere.
Ninguna de las actividades aprobadas por la Comisión de Seguimiento podrá
iniciarse hasta que no conste el debido acuerdo entre las Partes respecto de todos
aquellos aspectos que permitan la correcta ejecución de la actividad. El presupuesto
para la ejecución de cada una de las actividades que se acuerde deberá ser aprobado,
siempre con carácter previo, por la Comisión de Seguimiento.
Cuarta.

Comisión de Seguimiento.

Para la ejecución y desarrollo de este convenio, las partes manifiestan su intención
de que lo presidan los principios de la buena fe y la confianza recíproca. Para el buen
funcionamiento del convenio se creará una Comisión de Seguimiento, vigilancia y control
de éste en la que participarán las Partes y que estará integrada por dos (2)
representantes designados por FMRE y otros dos (2) designados por ICEX.
Por parte de FMRE, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona que ostenta la dirección General, o persona en la que ésta delegue; y
– La persona que ostenta la dirección de Comunicación, o persona en la que ésta
delegue.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección general de Cooperación Institucional y
Coordinación, o persona en la que ésta delegue; y
– La persona titular de la dirección ejecutiva de Formación, o persona en la que ésta
delegue.

– Interpretar el convenio.
– Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud de este se
desarrollen.
– Aprobar las Memorias Técnicas y Económicas de las actuaciones realizadas de
forma previa a su remisión a las firmas auditoras contratadas por ICEX.
– Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución.
– Coordinar las actuaciones que en virtud de este se desarrollen, e informar a las
partes de su evolución.
– Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente convenio.

cve: BOE-A-2022-3172
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Seguimiento tendrá asignadas las funciones de: