II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2022-3116)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 30 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. II.A. Pág. 23392

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3116

Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
30 de diciembre de 2021.

Por Resolución de la Subsecretaría de este Departamento, de 30 de diciembre
de 2021 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de enero de 2022), se anunció convocatoria
para cubrir, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo en el Ministerio de
Trabajo y Economía Social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada al
mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en relación con el artículo 56 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso
debido y el cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y
especificaciones exigidos en la convocatoria, ser idóneo para el desempeño del puesto
que se le asigna, y ostentar la capacidad y competencia personal y profesional, de
acuerdo con la valoración efectuada por el Centro Directivo del que depende el puesto
de trabajo convocado.
Esta Subsecretaría dispone:
Primero.
Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo dispuesto en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, antes citado.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o
bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.

cve: BOE-A-2022-3116
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Madrid, 16 de febrero de 2022.–La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social,
Gemma del Rey Almansa.