V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2022-5690)
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Jaén de rectificación del Anuncio de 14 de enero de 2022, por el que se somete a Información Pública la solicitud de Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto de Reforma de Línea Aérea de Media Tensión 25 kV "Agua_Baeza" entre CT "Cdat_Marmol" n.º 33358 y CT "Cdt_Sta.Eulalia" n.º 33164, sita en Paraje Haza de Tejar, TT.MM. de Rus y Úbeda (Jaén). Expediente: AT-203/2016-1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 24 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 9095

trámite de información pública la declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación eléctrica que a continuación se indica, publicándose la relación
concreta e individualizada de los interesados, bienes y derechos afectados a
efectos de la urgente ocupación según el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Peticionario: E-DISTRIBUCIÓN Redes Digitales, S.L.U., con domicilio a efectos
de notificaciones en camino de las Cruces, 40, SS.EE. El Calvario, 23003 Jaén.
Finalidad: Reforma de línea eléctrica de media tensión "AGUA_BAEZA" (25
kV), entre los centros de transformación "CDAT-MARMOL" n.º 33358 y "CDTSTA.EULALIA" n.º 33164. Expediente AT-203/2016.
Características principales:
LSMT:
Canalización existente, sustituyendo el conductor existente por uno de mayor
sección.
50 m. de LSMT Trifásica, mediante conductor XLPE RH5Z1 18/30 kV 250 mm²
Al.
LAMT:
Instalación de 28 apoyos.
4175 m. de LAMT Trifásica, mediante conductor 94AL1/22-ST1A (LA-110).
La servidumbre de paso de línea aérea comprenderá las afecciones derivadas
de la expropiación a tenor de lo establecido en los artículos 157 a 162 del citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre:
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de
los cables conductores de energía eléctrica e instalaciones de puesta a tierra de
dichos postes, torres o apoyos fijos.
c) El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia,
conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera
necesario.

De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013,
del Sector Eléctrico, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita,
en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los
derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación cuya
relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el proyecto de
ejecución podrá ser examinado en las dependencias de la Delegación del

cve: BOE-B-2022-5690
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d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a
los fines indicados en el párrafo c) anterior.