III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-2848)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incluye en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, la necrópolis antigua de Argandenes, en el concejo de Piloña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

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de Ordenación de Piloña y la regulación establecida por el ROTU, remite informe
conforme a la pertinencia del inventario.
Cuarto.
Con fecha 2 de septiembre de 2021 se publicó en el «Boletín Oficial del Principado
de Asturias», n.º 170, el anuncio de la apertura del trámite de información pública relativa
a este expediente, no presentándose durante los 20 días naturales posteriores ningún
escrito relativo a esta propuesta en la Consejería de Cultura, Política Llingüística y
Turismo.
Quinto.
El conjunto de la tramitación fue analizado por la Comisión Permanente del Consejo
del Patrimonio Cultural de Asturias en su sesión del día 14 de octubre de 2021,
acordándose en la misma informar favorablemente la inclusión en el Inventario del
Patrimonio Cultural de Asturias de la necrópolis antigua de Argandenes, en el concejo de
Piloña, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado.
Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del
expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias, 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio
Cultural.
A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes
Fundamentos de Derecho
Primero.
Vistos los artículos 22, 24, 59, 60, 61, 62 y 65 y demás concordantes de la Ley del
Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, así como los
artículos 29 y siguientes del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de
Patrimonio Cultural.
Segundo.
Examinada la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen
Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

En lo relativo a las competencias, es de aplicación el Decreto 13/2019 de 24 de julio,
del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que
integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 86/2019, de 30 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de
Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del
Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
En virtud de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, resuelvo:
Primero.
Incluir en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de
Yacimiento Arqueológico Inventariado (IPCA-Y), la necrópolis antigua de Argandenes, en

cve: BOE-A-2022-2848
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.