III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-2816)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Asociación Profamilia, como entidad colaboradora de subvenciones concedidas en desarrollo de la política exterior del Gobierno en la República de Colombia.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Martes 22 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 21385
En todo caso, podrá ponerse en contacto con el responsable del tratamiento a través
de cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición de los afectados
formularios para el ejercicio de sus derechos.
El representante que, por cualquier motivo, deba facilitar datos personales de un
tercero, se obliga a informar a este del contenido de la presente cláusula y de la
comunicación de sus datos a la AECID.
Decimocuarta.
Código ético.
Profamilia se compromete a respetar el Código ético de la AECID, de 30 de octubre
de 2019, disponible en la página web de la AECID (www.aecid.es)
Decimoquinta.
Transparencia.
Además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», antes referida, el
presente Convenio se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de
España, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Y en prueba de conformidad de cuanto acontece, las partes firman, en duplicado y a
un solo efecto, el presente Convenio, en todas sus páginas.–En Bogotá, a 27 de diciembre
de 2021.–Por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo,
Vicente Ortega Cámara.–Por la Asociación Profamilia, Marta Elena Royo Ruiz.
ANEXO
Reglamento de Gestión
– Indicar a Profamilia la designación de los miembros del Comité Gestor.
– Dar la no objeción técnica a las planificaciones anuales de los proyectos (POAS) y
las modificaciones del presupuesto cuando afecten a más del 20 % del mismo o a lo
establecido en la resolución de subvención de cada proyecto.
– Dar la no objeción técnica a las contrataciones que deba realizar Profamilia por
medio de actas de resolución del Comité Gestor.
– El Comité Gestor deberá enviar a Profamilia las actas no objetadas. A estos
efectos se fijará para cada subvención el procedimiento operativo para el manejo de los
comités, de las actas y de las firmas.
– Velar por que Profamilia aplique la Guía de Gestión de Subvenciones de
Cooperación Internacional de la Cooperación Española en Colombia.
– El Comité Gestor estará en contacto permanente con Profamilia y le indicará el
curso de acción a seguir ante eventuales situaciones no previstas en la subvención, a
través de actas firmadas por el Comité.
cve: BOE-A-2022-2816
Verificable en https://www.boe.es
El Comité Gestor del proyecto es el encargado de realizar el seguimiento y control
del proyecto y resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del Convenio.
Estará integrado por el Coordinador General de la Cooperación Española en
Colombia, o en quien al efecto éste delegue y un representante de la institución
beneficiaria de la subvención. Al mismo asistirá Profamilia, con voz, pero sin voto.
Se establecerá de mutuo acuerdo el mecanismo de funcionamiento y comunicación
que mantendrá con Profamilia, así como la frecuencia de reuniones.
El procedimiento a aplicar para el seguimiento de cada subvención será el siguiente:
Núm. 45
Martes 22 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 21385
En todo caso, podrá ponerse en contacto con el responsable del tratamiento a través
de cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición de los afectados
formularios para el ejercicio de sus derechos.
El representante que, por cualquier motivo, deba facilitar datos personales de un
tercero, se obliga a informar a este del contenido de la presente cláusula y de la
comunicación de sus datos a la AECID.
Decimocuarta.
Código ético.
Profamilia se compromete a respetar el Código ético de la AECID, de 30 de octubre
de 2019, disponible en la página web de la AECID (www.aecid.es)
Decimoquinta.
Transparencia.
Además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», antes referida, el
presente Convenio se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de
España, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Y en prueba de conformidad de cuanto acontece, las partes firman, en duplicado y a
un solo efecto, el presente Convenio, en todas sus páginas.–En Bogotá, a 27 de diciembre
de 2021.–Por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo,
Vicente Ortega Cámara.–Por la Asociación Profamilia, Marta Elena Royo Ruiz.
ANEXO
Reglamento de Gestión
– Indicar a Profamilia la designación de los miembros del Comité Gestor.
– Dar la no objeción técnica a las planificaciones anuales de los proyectos (POAS) y
las modificaciones del presupuesto cuando afecten a más del 20 % del mismo o a lo
establecido en la resolución de subvención de cada proyecto.
– Dar la no objeción técnica a las contrataciones que deba realizar Profamilia por
medio de actas de resolución del Comité Gestor.
– El Comité Gestor deberá enviar a Profamilia las actas no objetadas. A estos
efectos se fijará para cada subvención el procedimiento operativo para el manejo de los
comités, de las actas y de las firmas.
– Velar por que Profamilia aplique la Guía de Gestión de Subvenciones de
Cooperación Internacional de la Cooperación Española en Colombia.
– El Comité Gestor estará en contacto permanente con Profamilia y le indicará el
curso de acción a seguir ante eventuales situaciones no previstas en la subvención, a
través de actas firmadas por el Comité.
cve: BOE-A-2022-2816
Verificable en https://www.boe.es
El Comité Gestor del proyecto es el encargado de realizar el seguimiento y control
del proyecto y resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del Convenio.
Estará integrado por el Coordinador General de la Cooperación Española en
Colombia, o en quien al efecto éste delegue y un representante de la institución
beneficiaria de la subvención. Al mismo asistirá Profamilia, con voz, pero sin voto.
Se establecerá de mutuo acuerdo el mecanismo de funcionamiento y comunicación
que mantendrá con Profamilia, así como la frecuencia de reuniones.
El procedimiento a aplicar para el seguimiento de cada subvención será el siguiente: