III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2022-2837)
Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
2837

Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión
Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 1/2021, de 23 de
junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia para el ejercicio 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7
de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 2 de febrero de 2022.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la
Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia para el ejercicio 2021
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Ambas partes acuerdan que la disposición adicional vigésima cuarta de la
Ley 1/2021, de 23 de junio, deberá interpretarse de manera que, en todo caso, los
contratos sólo puedan ser modificados en los supuestos, forma, y con los límites que se
establecen en los artículos 203 a 207 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014 o en la normativa básica estatal que fuese de aplicación, siendo
necesario que la concurrencia de tales circunstancias se justifique en cada expediente.
2. Asimismo, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se
compromete a eliminar el contenido de los apartados 1, 3 y 4 de la disposición adicional
vigésima cuarta en la futura Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia para el ejercicio 2022.
II. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.

cve: BOE-A-2022-2837
Verificable en https://www.boe.es

I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado- Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 1/2021,
de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia para el ejercicio 2021, ambas partes consideran solventadas las mismas de
acuerdo con los siguientes compromisos y consideraciones: