III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-2834)
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro Sefarad Israel y la Intervención General de la Administración del Estado, para la adhesión a los sistemas departamentales de la IGAE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21509

ANEXO II
Sistemas departamentales a los que se adhiere la entidad
– Sistema CANOA (SÍ /NO): SI.
– Sistema SOROLLA2:
• Módulo de gestión presupuestaria (SÍ /NO): NO.
• Módulo de gestión del inventario (SÍ /NO): NO.
ANEXO III
Determinación de la cuota de mantenimiento anual de CANOA y SOROLLA2
Para la determinación de la cuota anual de mantenimiento y, en consecuencia, del
importe máximo de las obligaciones a adquirir, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74.5
de la Ley 47/2003 General Presupuestaria, la IGAE, con carácter previo a la suscripción del
convenio por cada entidad, elaborará un estudio previo en colaboración con la entidad para el
análisis y dimensionamiento del sistema o los sistemas del anexo II a los que se adhiera y la
determinación de la cuota anual de mantenimiento que estará vigente en los años de vigencia
del convenio, de acuerdo con las reglas que se establecen en este anexo.
1.

Determinación de la Cuota anual de mantenimiento de CANOA

La cuota de mantenimiento anual para la sostenibilidad funcional y técnica del
sistema CANOA será determinada en función de la complejidad del modelo de costes de
la entidad, medida por el producto de número de centros por número de actividades
definidos en el modelo de costes, mediante la aplicación de un baremo de 5 rangos de
complejidad, de acuerdo con la siguiente tabla:
Producto de centros por actividades (cxa)

Euros

(cxa)<1.000

2.000,00

1.000<(cxa)<3.000

4.000,00

3.000<(cxa)<5.000

6.000,00

5.000<(cxa)<10.000

8.000,00

(cxa) > ó = 10.000

2.

10.000,00

Determinación de la Cuota anual de mantenimiento de SOROLLA2

Módulo de gestión presupuestaria
Número UT

1-10
11-25

Número usuarios
1-10

4.500

11-50

51-200

201-500

>500

6.750

9.000

11.250

13.500

9.000

11.250

13.500

15.750

cve: BOE-A-2022-2834
Verificable en https://www.boe.es

La cuota de mantenimiento anual para la sostenibilidad funcional y técnica del
sistema SOROLLA2 será determinada en función del grado de utilización del sistema en
la entidad, medido por el número de usuarios, y del nivel de complejidad del mismo,
medido por el número de unidades tramitadoras, mediante la aplicación de un baremo
de 5 rangos de complejidad para cada uno de los módulos funcionales del sistema
utilizados por el organismo, de acuerdo con las siguientes tablas: