V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-5512)
Extracto de la Resolución de 16 de febrero de 2022 del Museo Nacional del Prado por la que se convocan 8 becas de Formación e Investigación en Restauración, Conservación de Colecciones y Desarrollo Digital en el Museo del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 8697

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

5512

Extracto de la Resolución de 16 de febrero de 2022 del Museo Nacional
del Prado por la que se convocan 8 becas de Formación e Investigación
en Restauración, Conservación de Colecciones y Desarrollo Digital en
el Museo del Prado.

BDNS(Identif.):611335
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
611335)
Primero. Beneficiarios
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión
Europea, y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca ; con
un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los candidatos
desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.
2. Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido
con posterioridad a enero de 2014. En cuanto al plazo, se atenderá
exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se
tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros
estudios de postgrado.
3. Poseer la titulación exigida para ambas especialidades de beca: Grado
universitario o equivalente en Historia del Arte. Los expedientes académicos con
valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por debajo
de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala de 0 a
10).
4. Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser
deudor por obligaciones de reintegro.

6. No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quienes concurran
cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
Segundo. Objeto
El objeto de la presente Resolución es la convocatoria de dos becas del MNP
que contribuya a la formación e investigación en áreas de conservación del Museo
del Prado en las siguientes disciplinas:

cve: BOE-B-2022-5512
Verificable en https://www.boe.es

5. No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca
en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios
Cátedra del Prado).