V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-5324)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques (Anexos IV y V Convenio Marpol) en los puertos de Palma, Alcúdia, Eivissa, la Savina y Maó a la empresa Serviport Balear, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 21 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 8421

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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

5324

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga
la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de
desechos generados por buques (Anexos IV y V Convenio Marpol) en
los puertos de Palma, Alcúdia, Eivissa, la Savina y Maó a la empresa
Serviport Balear, S.L.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 22 de diciembre de 2021, adoptó el acuerdo de otorgar la
licencia para la prestación del Servicio Portuario de recepción de desechos
generados por buques (Anexo IV-V Convenio Marpol), en los puertos de Palma,
Alcúdia, Eivissa, la Savina y Maó a la empresa Serviport Balear, S.L., con sujeción
a las Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de recepción de desechos
generados por buques y residuos de carga en los puerto de Palma, Alcúdia, Maó,
Eivissa y la Savina (aprobadas en fecha 28 de julio 2021 y publicadas en el BOE
de fecha 4 de noviembre 2021), y al Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011
(TRLPEMM). El plazo de la licencia será de seis (6) años, con un plazo de tres (3)
meses a contar desde el 4 de noviembre de 2021, para cumplir con los requisitos
mínimos conforme al art.4 apartado 6 del Reglamento UE 2017/352. Sin perjuicio
de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al
régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a
su favor.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano
que ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,
en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la
presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro
que estime procedente.
Palma, 10 de febrero de 2022.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.

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