II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado. (BOE-A-2022-2724)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el programa y se describe el contenido de los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, correspondiente a la convocatoria derivada de las ofertas de empleo público de 2020 y de 2021, y se deja sin efecto la Resolución de 1 de octubre de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44
Lunes 21 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 21056
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba el programa y se describe el contenido de los procesos selectivos
para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en
el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, correspondiente a la
convocatoria derivada de las ofertas de empleo público de 2020 y de 2021, y
se deja sin efecto la Resolución de 1 de octubre de 2020.
La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
regula que las Administraciones públicas seleccionan su personal de acuerdo con su
oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de
concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen en todo caso los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Por su parte el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge
entre los principios que deben garantizar las Administraciones públicas al seleccionar a
su personal funcionario y laboral los de publicidad de las convocatorias y de sus bases,
transparencia, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o
tareas por desarrollar y agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de
selección.
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, propone que el departamento convocante de
procesos selectivos podrá aprobar, entre otros aspectos, el programa y formas de
calificación aplicables a sucesivas convocatorias.
En el año 2020 se efectuó una revisión del proceso selectivo y el programa del
temario de acceso al Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, para adaptarlo a
los conocimientos necesarios para afrontar una producción estadística basada en
múltiples fuentes de información, entre las que, además de las encuestas por muestreo,
destacan los datos procedentes de registros administrativos y las fuentes de big data.
En el momento actual se ha observado, que además de las razones que obedecieron
a modificar el proceso selectivo en el sentido expuesto, es preciso seguir avanzando en
orientar una buena parte de su contenido a métodos y herramientas para el análisis de
datos masivos y, al mismo tiempo, profundizar en conocimientos de índole contable y
fiscal para profundizar así en el uso de datos administrativos y todo ello a través de una
racionalización de los temas incluidos en el programa para adaptarlo a la realidad del
marco educativo universitario actual, así como una adecuación del proceso selectivo a
las competencias requeridas.
cve: BOE-A-2022-2724
Verificable en https://www.boe.es
2724
Núm. 44
Lunes 21 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 21056
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba el programa y se describe el contenido de los procesos selectivos
para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en
el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, correspondiente a la
convocatoria derivada de las ofertas de empleo público de 2020 y de 2021, y
se deja sin efecto la Resolución de 1 de octubre de 2020.
La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
regula que las Administraciones públicas seleccionan su personal de acuerdo con su
oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de
concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen en todo caso los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Por su parte el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge
entre los principios que deben garantizar las Administraciones públicas al seleccionar a
su personal funcionario y laboral los de publicidad de las convocatorias y de sus bases,
transparencia, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o
tareas por desarrollar y agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de
selección.
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, propone que el departamento convocante de
procesos selectivos podrá aprobar, entre otros aspectos, el programa y formas de
calificación aplicables a sucesivas convocatorias.
En el año 2020 se efectuó una revisión del proceso selectivo y el programa del
temario de acceso al Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, para adaptarlo a
los conocimientos necesarios para afrontar una producción estadística basada en
múltiples fuentes de información, entre las que, además de las encuestas por muestreo,
destacan los datos procedentes de registros administrativos y las fuentes de big data.
En el momento actual se ha observado, que además de las razones que obedecieron
a modificar el proceso selectivo en el sentido expuesto, es preciso seguir avanzando en
orientar una buena parte de su contenido a métodos y herramientas para el análisis de
datos masivos y, al mismo tiempo, profundizar en conocimientos de índole contable y
fiscal para profundizar así en el uso de datos administrativos y todo ello a través de una
racionalización de los temas incluidos en el programa para adaptarlo a la realidad del
marco educativo universitario actual, así como una adecuación del proceso selectivo a
las competencias requeridas.
cve: BOE-A-2022-2724
Verificable en https://www.boe.es
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